Resolución Nº 1231/GCABA/MAYEPGC/17

FirmantesMacchiavelli
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

VISTO:

La Ley Nacional de Obras Publicas N° 13064 aplicable al ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en base a lo dispuesto en la Cláusula Transitoria N° 3 de

la Ley N°70 y sus Decretos reglamentarios, el Decreto N° 1254/GCBA/08, las

Resoluciones N° 655/MAYEPGC/12 y 330/MAYEPGC/15, las Disposiciones N°

98/EMUI/15 y N° 7/EMUI/16 y el Expediente N° 624959/MGEYA/10 y el Expediente

Electrónico N° 9054423/EMUI/17;

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el visto, tramitó la Licitación Pública N° 247/SIGAF/11,

referida a la obra "REHABILITACIÓN INICIAL Y TOTAL DE ARTERIAS URBANAS Y

MANTENIMIENTO PERÍODICO, INCLUYENDO BACHES Y RECLAMOS Y CIERRES

DE EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DE CALLES Y/O ARTERIAS DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PREVIAL III", realizada al amparo de lo

establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13064;

Que mediante Resolución N° 655/MAYEPGC/12 se adjudicó la Zona 3 de la citada

obra a la empresa SEPEYCO S.R.L.;

Que con fecha 15 de agosto y 25 de septiembre de 2012, respectivamente, se

suscribieron la Contrata y el Acta de Inicio;

Que por Resolución N° 330/MAYEPG/15 se aprobó la ampliación del 20% del monto

contractual a favor de la empresa SEPEYCO S.R.L. adjudicataria de la Zona 3;

Que con fecha 19 de mayo 2015 se suscribió el ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA

correspondiente al contrato básico a partir del cual comenzó el período de garantía de

12 meses de acuerdo con el art. 2.65 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que mediante la Disposición N° 98/EMUI/2015, el Director General del Ente de

Mantenimiento Urbano Integral aprobó la referida Acta, convalidando como fecha de

recepción provisoria el día 30 de abril de 2015;

Que el ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA por la ampliación del 20% se suscribió

con fecha 13 de noviembre 2015 a partir del cual comenzó el período de garantía de

12 meses de acuerdo con el art. 2.65 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que mediante la Disposición N° 7/EMUI/2016, el Director General del Ente de

Mantenimiento Urbano Integral aprobó la referida Acta;

Que habiendo transcurrido dicho plazo, y de acuerdo a lo establecido en el Art. 2.65

del Pliego de Condiciones Particulares, el Ente de Mantenimiento Urbano Integral junto

a la contratista suscribieron la correspondiente ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA

con fecha 10 de...

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