Resolución N° 123-AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición27 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 123/AGC/18
Buenos Aires, 19 de febrero de 2018
VISTO:
La Ordenanza N° 34.421/1978 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/1997 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los
Expedientes Electrónicos N° 20338933-MGEYA-AGC/2017 y N° 21713201-MGEYA-
AGC/17, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico citado N° 20338933-MGEYA-AGC/2017
tramita el procedimiento por obras en contravención en el inmueble sito en la calle
Castex N° 3280, 4° Piso, U.C. VI de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Disposición N° 2133-DGFYCO/17 de fecha 06 de Septiembre de
2017, la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras intimó al propietario del
inmueble a regularizar la situación de la finca en un plazo de treinta (30) días, de
conformidad y bajo apercibimiento de lo establecido por los artículos 6.3.1.2 y 2.2.5.2
del Código de Edificación, notificando al administrado el 11 de Septiembre de 2017;
Que el 21 de Septiembre de 2017 mediante INLEG-2017-21713876-AGC en el marco
del Expediente Electrónico Nº 21713201-MGEYA-AGC/17, la Sra. Damasia Bohtlink,
quien dice ser propietaria del inmueble en cuestión interpuso Recurso de
Reconsideración contra la precitada disposición;
Que por Disposición Nº 2305-DGFYCO/17 de fecha 27 de Septiembre de 2017 la
Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, rechazo el recurso interpuesto,
siendo dicho acto administrativo notificado el día 17 de Octubre de 2017;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del Recurso de Reconsideración, en los términos previstos por el Artículo 111
y siguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/97;
Que el recurrente no ha presentado elementos o argumentaciones que determinen la
adopción de un temperamento distinto respecto de los ya obrantes en estos actuados
al momento de dictarse la Disposición Nº 2305-DGHP/2017, por lo que los agravios
consignados no presentan elementos investidos de entidad suficiente para cambiar el
criterio adoptado por la Administración Activa al momento de dictar el acto actualmente
en crisis;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el Artículo 115° de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
2018-04414609-DGACEP de fecha 31 de Enero de 2018, opinando que "deberá
desestimarse el recurso que opera en subsidio del de reconsideración, interpuesto
contra los términos de la disposición DI-2017-2133-DGFYCO".
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el Artículo 11° inciso e) de la Ley Nº
2.624,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5323 - 27/02/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR