Resolución N° 123 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor13 de Abril de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición11 de Abril de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVIII - Nº 77
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos
a la: “OBRA REMODELACIÓN CENMA N° 207 AGUSTÍN TOSCO Y CEN-
MA SALUD – LOCALIDAD DE CÓRDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL
– PROVINCIA DE CÓRDOBA – Programa Aurora”, conforme la documenta-
ción técnica compuesta por: Memoria Descriptiva, Relevamiento Fotográ-
co, Pliego de Especicaciones Técnicas Particulares, Cómputo General de
Obra, Presupuestos Detallados, Análisis de Precios, Factores de Costos
del Presupuesto (Decreto N° 800/16), Plan de Avance y Curva de Inversión
y Planimetría, suscriptas en forma digital por el Área Técnica de la Direc-
ción General de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación, cuyo
Presupuesto Ocial asciende a la suma de Pesos Dieciséis Millones Tres-
cientos Cuarenta y Ocho Mil Doscientos Ochenta y Nueve con Cincuenta y
Nueve Centavos ($ 16.348.289,59).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial pase al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS
Resolución N° 123
Córdoba, 11 de abril de 2022
Expediente Nº 0045-023187/2021/A2.-
VISTO: este expediente por el cual se gestiona la sustitución anticipada
de los Fondos de Reparo de la obra: “PAVIMENTACIÓN RUTA PROVIN-
CIAL T-236, T-323, S-362 Y S-511 – TRAMO: PUNTA DEL AGUA – LAS
ISLETILLAS”.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electró-
nico, mediante la aplicación Portal de Obras Públicas – POP, de confor-
midad a lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario
Nº 750/2019, la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento
y Modernización, la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de
Compras y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legisla-
ción complementaria de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la exis-
tencia de un archivo titulado “Índice”, haciendo plena fe de su contenido.
Que la obra de referencia fue adjudicada al Consorcio Camine-
ro Único creado por Ley N° 10.546 y su Decreto Reglamentario N°
1053/2018, por Resolución Ministerial Nº 380/2021 de fecha 3 de no-
viembre del 2021, suscribiéndose el contrato de obra el día 23 de di-
ciembre del mismo año y el Acta de Replanteo Total confeccionada con
fecha 14 de marzo del 2022.
Que se acompaña en autos copia del Legajo Único de contratación
de la obra, tramitada por Expediente Nº 0045-023187/2021, que en su
punto II.2.3 establece un Fondo de Reparos del 5% del importe total de
cada certificado de obra mensual ejecutada, y en su punto II.2.5 que
“La inspección, medición y certificación de las obras estará a cargo de
la DPV (…)”.
Que la Ley de Obras Públicas Nº 8614 en su Artículo 59 dispone
que “…En todo certificado de pago de obra de construcción se descon-
tará del cinco por ciento (5%) al diez por ciento (10%) de su importe
para formar el fondo de reparos según se determinen en los pliegos
respectivos. En los casos de pago diferido, la autoridad competente
determinará la necesidad de formarlo y el monto del mismo. Este depó-
sito podrá ser sustituido por los demás medios y modos previstos en el
Artículo 22, previa aceptación de la autoridad competente…”.
Que el Presidente del Consorcio Caminero Único acompaña en
autos Póliza de Caución “Sustitución Fondo de Reparo - Obra Públi-
ca” N° 938.238 y Anexo Nº 99 con vigencia desde las 0 horas del día
29 de diciembre del 2021, “…hasta la extinción de las obligaciones
del Tomador cuyo cumplimiento cubre…”, donde se consigna que los
asegurados son el “Gobierno de Córdoba – Ministerio de Obras Pú-
blicas – Dirección de Vialidad – Consorcio Caminero Único”, emitida
por ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A., CUIT N° 33-
50005703-9, por un monto de Pesos Veinticinco Millones Setecientos
Mil ($ 25.700.000,00), en relación a la obra de referencia, constituyen-
do el asegurador domicilio legal en la Ciudad de Córdoba y sometiendo
cualquier litigio a la jurisdicción del domicilio del asegurado.
Que según constancias del Portal de Obras Públicas – POP la obra
de que se trata no registra avance a la fecha.
Que obra Dictamen Nº 125/2022 de la Dirección General de Asun-
tos Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento a la
constancias de autos, lo establecido en los artículos 22 y 59 de la Ley
de Obras Públicas N° 8614, artículo 107 del Pliego General de Condi-
ciones (Decreto N° 4758/77) puede aprobarse la sustitución de que se
trata para aquellos certificados que a la fecha del presente instrumento
legal se hubieran emitido –en caso de así corresponder- y para los que
se emitan en el futuro, hasta el monto propuesto.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dicta-
minado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio
con el N° 125/2022 y en uso de sus atribuciones;

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