Resolución N° 121 Letra: F 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Julio de 2018 |
Emisor | Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros |
Fecha de la disposición | 29 de Mayo de 2018 |
VIERNES 15 DE JUNIO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 112
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y
RETIROS
Resolución N° 77 Letra: F
Córdoba,20 de abril de 2018
VISTO: El artículo 51 de la Ley N° 8024 –texto ordenado según el Decreto
N° 40/09- y sus normas reglamentarias, complementarias y modicatorias.
Y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 8024 –texto ordenado según Decreto
N° 40/09- en su art. 51 dispone que los haberes de las prestaciones serán
móviles en relación con las variaciones del nivel sectorial de las remunera-
ciones del personal en actividad.
Que el Decreto N° 41/09 -reglamentario de la Ley N° 8024 (texto ordenado
según Decreto N° 40/09) dispone en el primer párrafo de su art. 51 que
cada beneciario será asignado al sector o repartición en la que se des-
empeñó al menos la mitad del total de años aportados en el Sistema de
Reciprocidad Jubilatoria.
Que lo anteriormente expresado le da derecho al beneciario a que sus
haberes se muevan según el aumento promedio de los salarios de los
trabajadores activos de dicho sector o repartición.
Por ello, atento lo informado a fs. 51/62 por Gerencia Departamental de
Movilidad y lo aconsejado por Sub Gerencia General de Auditoría y Estu-
dios a fs. 63, y en virtud del Decreto provincial N° 36/2017, el Sr. Secretario
Legal y Técnico y de Previsión Social a/c de las funciones de Presidente de
la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba;
R E S U E L V E:
ARTICULO 1: APROBAR los Índices de Movilidad Salarial, a los nes es-
tablecidos en el artículo 51 de la Ley N° 8024 –texto ordenado según De-
creto N° 40/09-, detallados en el Anexo I que consta de cuatro (4) fojas y
forma parte integrante de la presente.
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS
Resolución N° 77 Letra: F...................................................... Pag. 1
Resolución N° 121 Letra: F.................................................... Pag. 1
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución N° 59 ................................................................... Pag. 2
Resolución N° 60 ................................................................... Pag. 3
ADMINISTRACIÓN PCIAL DE REC HÍDRICOS
Resolución N° 110 ................................................................. Pag. 3
Resolución N° 111 ................................................................. Pag. 4
DIRECCION DE PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N° 38 ................................................................... Pag. 4
ARTICULO 2: CONVALIDAR con los haberes de marzo del año 2018, la
actualización correspondiente a los sectores mencionados en el Anexo I de
la presente resolución.
ARTICULO 3: APROBAR los Índices de Movilidad Salarial, a los nes es-
tablecidos en el artículo 51 de la Ley N° 8024 –texto ordenado según De-
creto N° 40/09-, detallados en el Anexo II que consta de una (1) foja y forma
parte integrante de la presente.
ARTICULO 4: LIQUIDAR con los haberes de abril del año 2018 la actua-
lización correspondiente a los sectores mencionados en el Anexo II de la
presente resolución.
ARTICULO 5: TOME CONOCIMIENTO Gerencia General. Notifíquese y
Publíquese.
FDO: VILMA GRACIELA RAMIREZ GERENTE DEPARTAMENTAL - ENRIQUE A.GA-
VIOLI SUB GCIA.DPTAL.DESPACHO - MARIANO M.MENDEZ SECRETARIO DE
LEGAL Y TECNICA Y DE PREVISION SOCIAL A/C PRESIDENCIA C.J.P.YR. DE
CBA.
ANEXO
Resolución N° 121 Letra: F
Córdoba,29 de mayo de 2018
VISTO: El artículo 51 de la Ley N° 8024 –texto ordenado según el Decreto
N° 40/09- y sus normas reglamentarias, complementarias y modicatorias
y lo dispuesto por Resoluciones Nros. 293.098/09 y 294.993/09.
Y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 8024 –texto ordenado según Decreto
N° 40/09- en su art. 51 dispone que los haberes de las prestaciones serán
móviles en relación con las variaciones del nivel sectorial de las remunera-
ciones del personal en actividad.
Que el Decreto N° 41/09 -reglamentario de la Ley N° 8024 (texto ordenado
según Decreto N° 40/09) dispone en el primer párrafo de su art. 51 que
cada beneciario será asignado al sector o repartición en la que se des-
empeñó al menos la mitad del total de años aportados en el Sistema de
Reciprocidad Jubilatoria.
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