Resolución N° 121 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición19 de Mayo de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXIX - Nº 100
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 26 DE MAYO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos referidos a la obra: “REFACCIÓN Y REPARACIÓN RESIDENCIA
EVA PERÓN – BARRIO ALEJANDRO CENTENO – CIUDAD DE CÓRDO-
BA, conforme la documentación técnica compuesta por Pliego Particular
de Especicaciones Técnicas, Presupuesto, Planos, Pliego Particular de
Condiciones y sus Anexos, elaborados por la Jefatura de Proyectos, Pre-
supuestación y Licitación y Jefatura de Área Compras y Contrataciones
de la Dirección de Jurisdicción de Administración, ambos del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos, por la suma de Pesos Tres Millones No-
vecientos Sesenta y Nueve Mil Quinientos Noventa con Seis Centavos ($
3.969.590,06).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a sus efectos
y archívese.
FDO.: JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIA-
LES
Resolución N° 121
Córdoba, 19 de mayo de 2017
Expediente Nº 0607-000147/2017.-
VISTO: este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con
la contratación de la obra: “REPARACIÓN CENTRO SOCIO-EDUCATIVO
- MÓDULO IV – COMPLEJO ESPERANZA - DEPARTAMENTO SANTA
MARÍA – PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO: Que constan en estas actuaciones notas de los
señores Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia y Director de Juris-
dicción de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
instando el presente trámite a los nes de la autorización correspondiente
para la ejecución de la obra de referencia, de conformidad a las previsiones
del Decreto Nº 180/08.
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta por
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Planos, Presupuesto, Me-
moria Descriptiva y Pliego Particular de Condiciones, elaborados por la
Jefatura de Área de Proyectos, Presupuesto y Licitación y Jefatura de Área
de Compras y Contrataciones, ambos del mencionado Ministerio.
Que la Jefatura de Departamento Administración de la Secretaría de Arqui-
tectura de este Ministerio incorpora informe de fecha 5 de mayo de 2017,
en el cual se destaca que conforme la documentación técnica elaborada,
como el Presupuesto Ocial y el Pliego Particular de Condiciones base
de la Compulsa Abreviada, se ajusta a lo dispuesto por Ley Nº 10417, mo-
dicatoria de la Ley de Obras Públicas N° 8614. No obstante ello, realiza
una serie de observaciones que deberán ser cumplimentadas previo a la
adjudicación de la obra propiciada.
Que dicha Jefatura expresa también que del Pliego Particular de Condicio-
nes surge que el sistema de contratación es de Ajuste de Alzado y que el
Presupuesto Ocial asciende a la suma total de $ 3.247.357,03, indicando
que en el caso de ser nanciada la obra referida por el Estado Provincial,
corresponde en función de lo normado por la Ley Nº 10411, modicatoria
del Código Tributario Provincial, la exención del pago del impuesto a los
Ingresos Brutos para el corriente año 2017.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de
Arquitectura en el cual se expresa que los precios detallados en el presu-
puesto ocial son acordes a los precios de mercado al mes de febrero de
2 01 7.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos deberá respetar las
disposiciones de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias
-entre ellas la Ley N° 10417- y sus Decretos Reglamentarios Nros. 4757/77
y 4758/77, como toda otra normativa aplicable, en relación al procedimiento
de contratación.
Que obra Dictamen Nº 162/2017 de la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a
las disposiciones de la Ley Nº 8614, Decretos Reglamentarios Nº 4757/77
y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra supera el índice trescientos
(300), resulta oportuno dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la
ejecución de la misma.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
162/2017 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE VIVIENDA,
ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos referidos a la obra: “REPARACIÓN CENTRO SOCIO-EDUCATI-
VO - MÓDULO IV – COMPLEJO ESPERANZA - DEPARTAMENTO SANTA
MARÍA – PROVINCIA DE CÓRDOBA, conforme la documentación técni-
ca compuesta por Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Planos,
Memoria Descriptiva y Pliego Particular de Condiciones, elaborados por
la Jefatura de Área de Proyectos, Presupuesto y Licitación y Jefatura de
Área de Compras y Contrataciones, ambos del mencionado Ministerio, con
un Presupuesto Ocial que asciende a la suma de Pesos Tres Millones
Doscientos Cuarenta y Siete Mil Trescientos Cincuenta y Siete con Tres
Centavos ($ 3.247.357,03).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a sus efectos
y archívese.
FDO.: JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
RESPONSABLE: LILIANA LOPEZ

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