Resolución N° 12 - Letra:A

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
3
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 56
CORDOBA, (R.A.) MIERCOLES 21 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- MODIFÍCASE el Anexo II al Decreto N° 1103/2010, “Plan de
Inversiones para el mejoramiento y ampliación de la R.A.C. - Financiamien-
to con Fondos Provinciales”, y consecuentemente, INCORPÓRANSE los
Puntos 13, 14 y 15 al ámbito de la Red de Accesos a Córdoba (R.A.C.) con
la descripción de las obras que se nominan a continuación y conforme al
siguiente detalle:
Nro. Descripción de la Obra Monto ($) más. IVA Plazo (meses)
13 Alternativa a Ruta 872.819.914, 13 24 meses
Nacional N° 38 - Variante
Costa Azul - La Cumbre.
Fin Sección Variante Costa
Azul - San Roque (4,15 km)”
14 Alternativa a Ruta 2.143.477.101,06 24 meses
Nacional N° 38 - Variante
Costa Azul - La Cumbre.
Sección San Roque -
Cosquín (10,15 km)
15 Alternativa a Ruta 923.332.409,22 24 meses
Nacional N° 38 - Variante
Costa Azul - La Cumbre.
Sección Cosquín - Casa
Grande (7,30km)”
Artículo 2°.- FACÚLTASE a la Agencia Córdoba de Inversión y Financia-
miento Sociedad de Economía Mixta, a suscribir con la empresa Caminos
de las Sierras S.A., los acuerdos necesarios para el cumplimento de lo dis-
puesto en el presente Decreto.
Artículo 3°.- INSTRÚYESE al Ministerio de Obras. Públicas y Financiamien-
to para que a través de la Dirección Provincial de Vialidad brinde a la Agencia
Córdoba de Inversión y Financiamiento S.E.M., el apoyo técnico que requie-
ra la implementación de lo dispuesto en el presente instrumento legal.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Obras Públicas y Financiamiento y Fiscal de Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 11 - Letra:A
Córdoba, 27 de Febrero de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0007-134707/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “FUNDACION CRECIENDO JUNTOS BELL VILLE”, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION
CRECIENDO JUNTOS BELL VILLE”, con domicilio social en la Provincia
de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “FUN-
DACION CRECIENDO JUNTOS BELL VILLE”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de quince
(15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la
rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, y archívese.
FDO.: VERONICA GABRIELA SANZ, DIRECTORA GENERAL DE INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 12 - Letra:A
Córdoba, 27 de Febrero de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0007-133722/2017, mediante el cual la entidad
civil denominada “DULCE CARICIA ASOCIACION CIVIL”, con domicilio so-
cial en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización
estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y, d),168,
174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR