Resolución N° 12

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 102
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 1º DE JUNIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Compra –ATACYC- y la Asociación de Bancos Argentinos, en el sentido de
dar estricto cumplimiento a las normas dictadas y la necesidad de trabajar
en forma conjunta en la instrumentación y aplicación de las mismas, surge
la necesidad de considerar un mayor plazo para que los referidos agentes
de retención deban comenzar a actuar como tales frente a las operaciones
previstas en el artículo 318 bis del Decreto N° 1205/15 y sus modicatorias.
Que atento a lo manifestado, en uso de las facultades conferidas a este Mi-
nisterio, se estima conveniente redenir en el 1° de julio de 2018 la fecha de
entrada en vigencia para que las entidades emisoras de tarjetas de crédito
y/o las entidades encargadas de recaudaciones -compañías de telefonía
ja o móvil, prestadoras de internet, monederos electrónicos y todas otras
entidades que canalicen las referidas apuestas-, rendiciones periódicas
y/o liquidaciones actúen como agentes de retención y/o recaudación en
las rendiciones periódicas y/o liquidaciones que efectúen a sus usuarios/
clientes en el marco del sistema de pago que administran, en los casos
citados en los considerandos precedentemente.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Unidad de
Asesoramiento Fiscal en Nota N° 34/18 y de acuerdo con lo dictaminado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al
N° 306/18,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° REDEFINIR en el 1° de julio de 2018, la fecha prevista en el
inciso c) del artículo 4 del Decreto N° 2141/2017.
Artículo 2° La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1° de
junio del 2018.
Artículo 3° PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Ocial y archí-
vese.
FDO: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE DE OBRAS PÚBLICAS Y
FINANCIAMIENTO
Resolución N° 12
Córdoba, 09 de febrero de 2018
VISTO: este expediente por el cual la Secretaría de Arquitectura propicia
por Resolución Nº 698/2017, la contratación por Compulsa Abreviada del:
“DESARROLLO DEL PROYECTO DE INGENIERÍA DE DETALLES DE
GASES MÉDICOS y la ejecución de la Obra: “EJECUCIÓN DE INSTALA-
CIÓN DE GASES DE USO MEDICINAL EN EL HOSPITAL DE SAN JOSÉ
DE LA DORMIDA, UBICADO EN CALLE PUBLICA S/Nº – LOCALIDAD
DE SAN JOSÉ DE LA DORMIDA – DEPARTAMENTO TULUMBA – PRO-
VINCIA DE CÓRDOBA, con la Empresa SADIC S.A. por la suma de $
8.948.101,06.
Y CONSIDERANDO: Que la Dirección de Jurisdicción Planicación y
Proyectos de la Secretaría de Arquitectura incorpora en autos Memoria
Descriptiva de Arquitectura, Planos, Pliego Particular de Especicaciones
Técnicas, y de Instalación de Gases de Usos Medicinales, Pliego Particular
de Condiciones con sus Anexos que rigen la presente contratación, como
así también Presupuesto Ocial por la suma de $ 7.468.199,97, a valores
del mes de junio de 2017, con un plazo de ejecución de noventa (90) días.
Que según consta en estas actuaciones se invitaron a cotizar a tres (3)
rmas, a saber: SADIC S.A., L.W.K. MANTENIMIENTO Y SERVICIOS S.A.
y CARLOS E. MARTINEZ, dándose cumplimiento a las disposiciones del
artículo 8 de la Ley Nº 8.614, modicada por Ley Nº 10.417.
Que obran en autos Acta de Apertura de las propuestas a la Compulsa
Abreviada Nº 27/2017 e Informe de la Comisión de Estudio de Ofertas, con-
forme lo establecido por el artículo 1° - punto 1.4.1 del Anexo II al Decreto
N° 1.823/2016, en el que se indica que la propuesta de la Empresa SADIC
S.A. por la suma de $ 8.948.101,06, que representa un porcentaje del die-
ciocho con noventa y dos por ciento (19,81%), por encima del Presupuesto
Ocial, resulta ser la más conveniente, ajustándose a Pliegos y reuniendo
las condiciones técnicas exigidas.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable
- Nota de Pedido Nº 2018/000175, en cumplimiento de lo establecido por
artículo 13 de la Ley N° 8614.
Que luce agregado el Certicado de Habilitación para Adjudicación expedi-
do por el Registro de Constructores de Obras, conforme las previsiones del
Decreto N° 809/96 y sus modicatorios, que tienen plena validez jurídica
a tenor de las disposiciones del Decreto Nº 1419/2017 (artículo 10 - inciso
a) del Anexo I).
Que obra Dictamen Nº 22/2018 del Departamento Jurídico de este Minis-
terio en el que se expresa que, de conformidad a las constancias obrantes
en autos y lo manifestado por la Comisión de Estudio de Ofertas de la
Secretaría de Arquitectura, puede contratarse por compulsa abreviada la
ejecución de la obra de que se trata con la Empresa SADIC S.A., en los
términos del artículo 8º de la Ley Nº 8614, modicada por Ley Nº 10.417 y
artículo 1º y siguientes del Anexo II al Decreto Nº 1.823/2016, reglamentario
de la precitada Ley.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el
Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 22/2018 y en uso de
sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- ADJUDÍCASE por Compulsa Abreviada del: “DESARROLLO
DEL PROYECTO DE INGENIERÍA DE DETALLES DE GASES MÉDICOS
y la ejecución de la Obra: “EJECUCIÓN DE INSTALACIÓN DE GASES DE
USO MEDICINAL EN EL HOSPITAL DE SAN JOSÉ DE LA DORMIDA,
UBICADO EN CALLE PUBLICA S/Nº – LOCALIDAD DE SAN JOSÉ DE LA
DORMIDA – DEPARTAMENTO TULUMBA – PROVINCIA DE CÓRDOBA
a la Empresa SADIC S.A. (CUIT: 30-70339866-5), por la suma de Pesos
Ocho Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Ciento Uno con Seis Cen-
tavos ($ 8.948.101,06).
Artículo 2°.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos
Ocho Millones Novecientos Cuarenta y Ocho Mil Ciento Uno con Seis Cen-

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