Resolución N° 12 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 46
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 7 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Coordinación y Acción Social del Ministerio de Desarrollo Social.
Articulo 2°.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar to-
das las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en
el presente Decreto, en caso de corresponder.
Artículo 3°- El presente decreto será refrendado por los señores Minis-
tro de Desarrollo Social y Fiscal de Estado y rmado por la señora Secre-
taria General de la Gobernación.
Articulo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / SERGIO H. TOCALLI, MINISTRO DE
DESARROLLO SOCIAL / CRA. SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA
GOBERNACIÓN / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES
Resolución N° 12
Córdoba, 5 de marzo de 2018
VISTO: La Ley Nº 10.155 (Régimen de Compras y Contrataciones de la Ad-
ministración Pública Provincial) y su Decreto Reglamentario N° 305/2014,
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones es el órgano
rector encargado de regular y controlar el sistema de compras y contrata-
ciones conforme el artículo 30 de la Ley N° 10.155.
Que el procedimiento de subasta electrónica, es una competencia de
precios dinámica efectuada electrónicamente que debe otorgar las mayo-
res garantías posibles a los oferentes y debe desarrollarse en un marco de
seguridad jurídica.
Que es competencia de esta Dirección General determinar los bienes
y/o servicios que pueden contratarse por subasta electrónica conforme
surge del artículo 8.2.1. del Decreto Reglamentario N° 305/2014.
Que en uso de sus facultades, a través de las Resoluciones N° 32/2014
y complementarias, la Dirección General de Compras y Contrataciones
aprobó el nuevo catálogo de bienes y servicios de la Administración Públi-
ca Provincial y denió los bienes subastables.
Que siendo la subasta electrónica un procedimiento tendiente a mejo-
rar la calidad de la gestión pública provincial, que procura primar los prin-
cipios de transparencia, sustentabilidad y eciencia, resulta necesario y
oportuno incorporar nuevos bienes y servicios subastables.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministe-
rio de Finanzas mediante Dictamen N° 12/2018.
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1° DISPÓNESE que también podrán adquirirse por el proce-
dimiento de selección de subasta electrónica los bienes que se detallan:
1012150015 ALFALFA VERDE
5020170009 BEBIDAS CALIENTES
2517260017 CARROZADOS PARA VEHICULOS
4617160018 EQUIPOS DE VIDEOVIGILANCIA PARA VEHICULOS
4227170004 KITS DE MEZCLADORES DE AIRE OXIGENO
103151502 REJAS PERIMETRALES
2510190006 VEHICULOS ELECTRICOS DE CARGA
5310200001 VESTIDOS
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: CRA. MA. GIMENA DOMENELLA – DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES – SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA.
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
RESPONSABLE: LILIANA LOPEZ

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