Resolución N° 1197/MEDGC/22

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición18 de Abril de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 1197/MEDGC/22
Buenos Aires, 18 de marzo de 2022
VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017), su entonces Decreto
Reglamentario Nº 326/17 actual Decreto N° 74/21, la Resolución N° 1709-GCABA-
MEIGC/19, el Expediente Electrónico Nº 37544652-GCABA-DGAR/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la cláusula adicional de prórroga al contrato de
locación administrativa del inmueble sito en la calle Trafúl 3831/35, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con destino al funcionamiento de la Escuela Primaria 17
del Distrito Escolar 5°, dependiente de este Ministerio de Educación;
Que, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta de aplicación la
Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017) su
entonces vigente Decreto Reglamentario Nº 326/17, -actual Decreto N° 74/21;
Que, el Anexo I del entonces vigente Decreto Nº 326/17 respecto al artículo 28 inciso
12, apartado m) establece: Finalizado el plazo estipulado en el contrato, el eventual
uso de la prórroga previsto en el mismo deberá plasmarse mediante la celebración de
una cláusula adicional; salvo cuando existan modificaciones del contrato original que,
por su envergadura, ameriten la suscripción de un nuevo contrato. En los casos de
celebración de cláusula adicional deberá cumplimentarse con los requisitos previstos,
en los incisos a) y f);
Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por
Resolución Nº 1709-GCABA-MEIGC/19 y venció el día 31 de diciembre de 2021;
Que la cláusula tercera del aludido contrato estipula la facultad del locatario para
prorrogar la vigencia de este, hasta tres (3) años, a tenor de lo establecido en el
apartado g) del Artículo 28 inciso 12 Anexo I del Decreto Nº 326/17 reglamentario de la
Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017);
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
inciso 12, artículo 28, del Anexo I del entonces vigente Decreto Reglamentario Nº
326/17, respecto a los apartados a) y b) y, en función de ello, la Dirección General de
Administración de Bienes, informa que luego de haber realizado una exhaustiva
búsqueda en el Registro Único de Bienes Inmuebles (RUBI), surge que no existen en
la actualidad inmuebles disponibles, de titularidad de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, que posean las características edilicias y geográficas necesarias para los fines
solicitados;
Que la Gerencia de Pignoraticio y Ventas del Banco Ciudad de Buenos Aires efectuó
la tasación respectiva según Informe Nº IF-2021-37545092-GCABA-DGAR, y sugirió el
canon locativo mensual del inmueble con fecha 25 de octubre de 2021;
Que cabe señalar que la Dirección General de Escribanía General indicó que del
informe de dominio surge que los titulares de dominio son Cameron Rodrigo Daniel
(DNI 26.885.068) y Cameron María Lucila (DNI 26.885.069). Asimismo, indica que
sobre el inmueble recae un Usufructo a favor de la Sra. María del Carmen García
Ugarte (DNI 6.206.342) otorgado mediante la escritura N° 66 de fecha 7 de Marzo de
2013 por ante el Escribano Ignatiuk. Agrega que no constan otros gravámenes ni
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6358 - 18/04/2022

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