Resolución N° 1196/ERSP/17

EmisorEnte Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición13 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 1196/ERSP/17
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2017
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 210, la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene
Urbana Nº 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones
del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires aprobado por Resolución del Directorio Nº 28/2001 y su modificatoria Nº
51/2002, el Acta de Directorio Nº 670 del 20 de septiembre de 2017, el Expediente Nº
917/EURSPCABA/2016, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se
realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y
protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del
medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2º inc. c) de la Ley Nº 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al ERSP el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3º de la Ley Nº 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, el Expediente Nº 917/EURSPCABA/2016 se inicia a raíz de un plan de control en
el mes de Noviembre de 2015 por Omisión de levantamiento de Residuos
Domiciliarios, Omisión de vaciado de Cestos Papeleros y Ausencia del Servicio de
Barrido en la denominada zona 3 a cargo de la empresa Solbayres - IMPSA Ambiental
SA;
Que, no genera dudas la calificación como servicio público y la inclusión entre las
prestaciones sujetas al control del ERSP conforme Omisión de levantamiento de
Residuos Domiciliarios, conforme Título Tercero, Anexo II Servicio de Recolección¡,
Punto 4, Omisión de vaciado de Cestos Papeleros, conforme Título Tercero, Anexo III
Servicio de Barrido y Limpieza de Calles, Punto 8.1 y Ausencia del Servicio de Barrido,
conforme Título Tercero, Anexo III Servicio de Barrido y Limpieza de Calles, Punto 8
del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional
para la Contratación de los Servicios de Higiene Urbana Nº 997/2013;
Que, a fs. 3 se labró el Acta de Fiscalización Nº 142292/ERSP/2015, del día
03/11/2015, la cual expresa que en la Avenida García del Río 2587 se detectó Omisión
de vaciado de Cestos Papeleros;
Que, a fs. 4 se labró el Acta de Fiscalización Nº 142291/ERSP/2015, del día
03/11/2015, la cual expresa que en la calle Amenabar 3683 se detectó Omisión de
vaciado de Cestos Papeleros
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5434 - 13/08/2018

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