Resolución Nº 119/GCABA/ERSP/16

FirmantesMichielotto - Barrera - Goldsack - Lauría
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/N Ente ÚNico Regulador de los Servicios PÚBlicos
Fecha de la disposición 2 de Junio de 2016

VISTO:

el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 210, la Licitación

Pública para el Servicio Público de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de

vehículos en el Macro y Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento

Tarifado, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente

Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

aprobado por Resolución N° 28/2001 y su modificatoria N° 51/2002, el Acta de

Directorio N° 625 del 27 de abril de 2016, el Expediente N° 2695/EURSPCABA/2015, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente

Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya

prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o

por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y

consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de

las leyes que se dicten al respecto;

Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. d) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su

control se encuentra el estacionamiento por concesión;

Que, conforme lo establece el Art. 3° incs. a), b), e), i), j), k) y l) de la Ley N° 210, el

ERSP tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de

las leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción;

controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los

aspectos prescritos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene,

calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el

cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y

habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y

efectuar las denuncias pertinentes, implementando las acciones tendientes a hacer

cesar dichas conductas; recibir y tramitar las quejas y reclamos que efectúen los

usuarios en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el

prestador; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la

aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones

legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad

con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando los

principios del debido proceso;

Que, el Expediente N° 2695/EURSPCABA/2015 se inicia a raíz de una denuncia

realizada por el Sr. Jorge José Palmieri, en fecha 02/02/2015, quien manifiesta que la

máquina tickeadora ubicada en la calle Ayacucho y Arenales a cargo de la empresa

DAKOTA SA, no funciona, informando el usuario que "Devuelve las monedas".;

Que, a fs. 6 obra Acta de Fiscalización N° 116240/ERSP/2015 de fecha 25/02/2015,

constituyéndose personal del Organismo en la calle Ayacucho y Arenales,

verificándose que la "...la maquina tickeadora N° 7 no funciona...";

Que, a fs. 8/9 consta informe N° 424/ATyC/2015 del Área Tránsito y Concesiones de la

Gerencia de Control, solicitando el inicio de sumario y ordenando el pase del

expediente a la Asesoría Legal, a fin de emitir opinión fundada y dar curso al trámite

correspondiente;

Que, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Licitación Servicio Público

de Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de vehículos en el Macro y

Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento Tarifado, establece

"...Las máquinas a instalar deberán cumplir con las especificaciones técnicas

establecidas en el Anexo N° 6 que integra el presente Pliego. (...) Sistema Operativo.

Las tickeadoras funcionarán con las mismas fichas o cospeles que usarán los

parquímetros. Además deberán permitir el uso de tarjetas magnéticas". Cabe destacar,

en relación a los parquímetros que "...funcionarán con fichas o cospeles y el

concesionario deberá poner a disposición del público, en la zona de influencia, bocas

de expendio en comercios existentes." Y en su Art. 18 prevé "Operación y

Mantenimiento. La operación del servicio comprende la realización de todas las tareas

previstas en el Pliego de Condiciones Particulares y la ejecución, provisión y

mantenimiento de todas las obras, equipos y personal necesarios para tal fin.";

Que, a fs. 11/14 el Departamento de Sumarios entiende que de las constancias

obrantes en el expediente, en particular, del Acta de Fiscalización, y lo informado por

el Área Técnica se desprende un presunto incumplimiento por parte de la empresa

DAKOTA SA a sus obligaciones como concesionaria del servicio en cuestión, según el

Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la Licitación de Servicio Público de

Control y Sanción del Estacionamiento Indebido de Vehículos en el Macro y

Microcentro y Ampliación de los Espacios de Estacionamiento Tarifado.

Que, a fs. 15 la Asesora Legal del Organismo, compartiendo el criterio expuesto por el

Departamento de Sumarios ordena la apertura del sumario;

Que, a fs. 17 se formulan cargos contra la empresa, notificándola de conformidad con

las constancias de fs. 18, el 28 de agosto de 2015;

Que, a fs. 25/45 DAKOTA SA presenta descargo acompañando, en relación a los

hechos que se le imputaran, la siguiente documental, en copia simple, a saber:

Planillas de verificaciones técnicas de la tickeadora cuestionada, Nota presentada a la

Dirección General de Concesiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires sobre

vandalismo, Denuncia policial realizada a la Comisaría 19 adjunta a la Nota dirigida a

la Dirección General de Concesiones y Denuncias por daños intencionales producidos

a diversas máquinas tickeadoras;

Que, en su descargo la sumariada cuestiona, en relación a los hechos imputados, el

procedimiento de Licitación del...

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