Resolución Nº 1185/GCABA/CDNNYA/16
Firmantes | MartÃnez Bedini |
Emisor | F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES |
VISTO:
La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.454), la Resolución N°
716/VP/CDNNyA/2015, la Resolución N° 436/CDNNyA/11, el Expediente Electrónico
N° 27.417.962/MGEyA/CDNNyA/16, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley 114 (texto consolidado por Ley N° 5.454) se crea el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad en
materia de la promoción y protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada norma legal, el Consejo goza de autonomía técnica
y administrativa y autarquía financiera;
Que el artículo 74 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 5.454), crea en el
ámbito del Consejo, el Registro y Seguimiento de Organizaciones No
Gubernamentales (Registro de ONGs) que tiene como objeto el trabajo sobre
temáticas y cuestiones vinculadas, directa o indirectamente, a los derechos de niñas,
niños y adolescentes;
Que el artículo 75 de la misma ley, establece la obligatoriedad de la inscripción en el
mencionado Registro para todas las organizaciones de la sociedad civil y, en general,
a las personas de existencia ideal que hayan obtenido su personería jurídica, como
condición insoslayable para la celebración de convenios de cualquier naturaleza y
alcance con instituciones oficiales;
Que por Resolución N° 436/CDNNyA/11, se dictó el marco reglamentario de
inscripción de las organizaciones y el funcionamiento del mencionado Registro;
Que por Resolución N° 716/VP/CDNNyA/2015 se inscribió bajo el Legajo N° 1030 a la
Fundación Humor y Circo Argentino para el Mundo, con domicilio legal, sito en Caboto
N° 1379, de esta ciudad, en el Registro de ONGs de este Consejo;
Que de acuerdo a lo informado por el Equipo Técnico del Departamento de
Fiscalización del Registro de ONGs, mediante el IF N° 227404816/CDNNyA/2016, la
Fundación ha decidido darse de baja por no trabajar actualmente con población infanto
juvenil;
Que en virtud de ello, dicho Equipo Técnico considera pertinente dar de baja la
inscripción de la Fundación en el Registro de ONGs, atento la modificación de su
proyecto institucional de la mencionada Fundación;
Que mediante el IF N° 27413004/CDNNyA/2016, la Directora de la Dirección de
Registro y Seguimiento de ONGs, en virtud del análisis efectuado...
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