Resolución Nº 1184/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 20.126.689/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Agencia de lotería nacional, prode, etc." para el inmueble sito en la

Dorrego N° 2796, Planta Baja, UF. 2, con una superficie a habilitar de 22,56 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 39 "Corredor Luis María Campos

entre Olleros y Av. Dorrego" de Zonificación General del Código de Planeamiento

Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007. Los usos son los que

resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1 para el Distrito R2aI;

Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación

Urbanística, a través del Informe N° 20887449-DGIUR-2017, considera que desde el

punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para

acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran

expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.2.1.a) del Código de

Planeamiento Urbano y resulta Permitido en el Distrito APH 39;

Que los usos consignados permitidos son: "Servicios Terciarios: Agencias de lotería,

Prode, etc., permitido hasta 500m";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de

Interpretación Urbanística.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE REGISTROS INTERPRETACION Y CATASTRO

RESUELVE

Artículo 1° Déjese sin efecto la Resolución 755-SSREGIC-2017 con fecha de 13 de

septiembre de 2017.

Artículo 2° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Agencia de lotería nacional, prode" para el inmueble sito en la calle Dorrego

N° 2796 Planta Baja - U.F N° 2, con una superficie a habilitar de 22,56 m2, (Veintidós

metros cuadrados con cincuenta y seis decímetros cuadrados) debiendo...

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