Resolución Nº 118/GCABA/MJYSGC/17
Firmantes | Ocampo |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
VISTO:
La Ley N° 2.947 ( texto consolidado según Ley N° 5.666), el Anexo del Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1.510/GCBA/1997 (según texto consolidado por la Ley N°
5.666), la Resolución N° 363/MJYSGC/16,
los Expedientes N°
5611986/SICYPDP/2016, N° 16464288/PMCABA/2016 y N° 20974270/PMCABA/2016
y,
CONSIDERANDO:
Que la entonces Ley N° 2.947 (texto consolidado según Ley N° 5.666) determinaba las
bases jurídicas e institucionales que regían la relación de empleo del personal de la
Policía Metropolitana;
Que, el artículo 50 inc. d) de la entonces Ley 2.947 (texto consolidado según Ley N°
5.666) disponía "La baja obligatoria importa la exclusión definitiva del personal y la
consecuente pérdida de su estado policial. La baja obligatoria será dispuesta en los
siguientes casos:... d) Cuando en los exámenes psicofísicos periódicos surgiera una
disminución grave de las aptitudes profesionales y personales que le impidan el
normal ejercicio de la función policial que le compete, y no pudiere ser asignado a otro
destino ni acogerse a los beneficios previsionales...";
Que el Anexo del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/GCBA/1997 (según texto
consolidado por la Ley N° 5.666), en su artículo 107, dispone: "Recurso de
reconsideración. Podrá interponerse recurso de reconsideración contra todo acto
administrativo definitivo o que impida totalmente la tramitación del reclamo o
pretensión del administrado y contra los interlocutorios o de mero trámite que lesionen
un derecho subjetivo o un interés legítimo. Deberá interponerse dentro de los diez (10)
días de notificado el acto ante el mismo órgano que lo dictó, el cual será competente
para resolver lo que corresponda conforme a lo dispuesto por el artículo 105";
Que mediante Resolución N° 363/MJYSGC/16 se dispuso la baja obligatoria del Oficial
Mayor (LP 627) Walter Roberto Noya, conforme las previsiones del Artículo 50 inc. d)
de la Ley N° 2.947 (con texto consolidado según Ley N° 5.666);
Que el Oficial Mayor Noya interpuso Recurso de Reconsideración con Jerárquico en
Subsidio contra la Resolución N° 363/MJYSGC/16, solicitando se deje sin efecto la
resolución recurrida en virtud de considerar que la baja otorgada resulta ser un
ejercicio abusivo de las potestades de la Administración por ser injusta y arbitraria y
contraria a sus derechos...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba