Resolución N° 115 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición14 de Abril de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 117 CÓRDOBA, 24 de Junio de 20154
CUMBRE ENTRE TODOS”, con asiento en la Ciudad de La Cumbre, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 108 - Letra:A Córdoba, 10 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-108939/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION ARGENTINA DE DERECHO CONSTITUCIONAL”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma General del Estatuto, dispuesta
en Asamblea General Extraordinaria de fecha 12 de Noviembre de 2013.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Extraordinaria, celebrada con fecha 12 de
Noviembre de 2013 por la Entidad Civil denominada “ASOCIACION ARGENTINA DE DERECHO
CONSTITUCIONAL”, CUIT N° 30-68533779-3, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma General del Estatuto, en procura de mejorar el
funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer
párrafo- y concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma General del Estatuto Social, sancionada en Asamblea
General Extraordinaria, celebrada con fecha 12 de noviembre de 2013, de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION ARGENTINA DE DERECHO CONSTITUCIONAL”, CUIT N° 30-
70720533-0, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por RESOLUCION N° 196
“A”/15 de fecha 19 de noviembre de 1985.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
vuelva al Area de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 109 - Letra:A Córdoba, 14 de Abril de 2014
VISTO: El expediente N° 0007-111145/2014, por el cual otorga Personería Jurídica a la entidad
Civil denominada “FUNDACION CONSENSUS PARA UNA ARGENTINA ABIERTA AL DIALOGO Y
EL CONSENSO”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, mediante Resolución
N° 069“A”/2014 de fecha 28 de Marzo de 2014, dictado por esta Dirección.-
Y CONSIDERANDO:
Que sobre el particular se observa la necesidad de modificar la citada Resolución, habida cuenta
que se ha incurrido en un error material involuntario con relación a la denominación de la entidad ya
que en la resolución misma aparece como “FUNDACION CONSENSUS PARA UNA ARGENTINA
ABIERTA AL DIALOGO Y EL CONSENSO“ debiendo decir “FUNDACION CONSENSUS PARA
UNA ARGENTINA ABIERTA AL DIALOGO Y AL CONSENSO”.-
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1°: RECTIFIQUESE la Resolución N° 069“A”/014 de fecha 28 de Marzo de 2014, en
donde dice: “FUNDACION CONSENSUS PARA UNA ARGENTINA ABIERTA AL DIALOGO Y EL
CONSENSO” debe decir “FUNDACION CONSENSUS PARA UNA ARGENTINA ABIERTA AL
DIALOGO Y AL CONSENSO”
Artículo 2°: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de
Asociaciones Civiles y Fundaciones, a sus efectos.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 113 - Letra:A Córdoba, 14 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118081/2015, mediante el cual la Municipalidad de la Ciudad de
Villa Allende, remite las actuaciones de la Entidad Civil denominada “CENTRO VECINAL DE
BARRIO PAN DE AZUCAR”, en cumplimiento de lo normado en el artículo 4° y concordantes de la
Ley Provincial N° 9420 y Decreto Reglamentario N° 1769.-
Y CONSIDERANDO:
Que la entidad ha obtenido el reconocimiento institucional Municipal en un todo de acuerdo la
normativa vigente en la materia .
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos a los fines de su registración y autorización para
funcionar como persona jurídica.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 segunda parte y concordantes del
Código Civil; artículos , y concordantes de la Ley Provincial N° 9420, Decreto Reglamentario
N° 1769 y en uso de las facultades conferidas por los artículos 6, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: OTORGASE Personería Jurídica a la Entidad Civil denominada “CENTRO VECINAL
DE BARRIO PAN DE AZUCAR”, con asiento en la Ciudad de Villa Allende, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º: PROTOCOLICESE, REGISTRESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial,
vuelva al Área Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 114 - Letra:A Córdoba, 14 de Abril de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-116679/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS COLONIA TIROLESA”, con asiento en la Localidad
de Colonia Tirolesa, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada CENTRO DE
JUBILADOS Y PENSIONADOS COLONIA TIROLESA”, con asiento en la Localidad de Colonia
Tirolesa, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 115 - Letra:A Córdoba, 14 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118089/2015 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“CENTRO DE TRANSPORTISTAS DE SAN ANTONIO DE LITIN, CINTRA Y CHILIBROSTE
ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Localidad de Cintra, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR