Resolución N° 115

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 46 CÓRDOBA, 10 de marzo de 20156
DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACN
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 234 Córdoba, 6 de Marzo de 2015
Y VISTO: Alternativos para Resolución de Conflictos-DIMARC
dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de
la Provincia, por la cual a solicitud de la Defensoría de los
Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes se habilita el “Primer
Centro de Mediación de Niños Niñas y Adolescentes-Defensoría
del Niño de la Provincia de Córdoba”.
Y CONSIDERANDO:
Que en estos tiempos, es importante contar Con la mediación
como una herramienta de convivencia social que coadyuva a la
pacificación social, como un método alternativo eficaz a los fines
de arribar a una resolución conveniente para las partes.
Que el derecho a la paz es un derecho humano de los
denominados de tercera generación y es un presupuesto básico
en toda democracia moderna que debe ser acompañado por el
compromiso de toda la sociedad sin excepción.
Que la iniciativa de contar con un centro propio de mediación
en la Defensoría de Niños y Adolescentes obedece al objetivo de
brindar a niñas, niños y adolescentes, sujetos de derechos, un
espacio de diálogo, escucha, participación y acompañamiento
para propiciar la resolución pacífica de conflictos que puedan
surgir entre pares en los ámbitos que ellos interactúan, de acuerdo
a lo contemplado en la Convención sobre los Derechos del Niño
y legislación vigente. Por ello esta útil herramienta podrá llegar a
centros vecinales, municipios o comunas que lo requieran, a
colegios, organizaciones no gubernamentales, instituciones
religiosas de todos los credos, centros socio- educativos y/o
residencias que alberguen niños, niñas y jóvenes en forma
transitoria o permanente, y en conflicto con la ley penal.
Que en este contexto, asimismo, los niños y adolescentes
podrán ser instruidos como facilitadores para lograr la mejor
convivencia entre iguales en sus ámbitos de desempeño.
Que la mediación no sólo resuelve conflictos, sino que inculca
también principios éticos, solidarios y participativos para la
construcción de consensos y justicia como un valor entre pares.
Que de acuerdo a estudios relevados, este será el primer
centro de mediación específico con destino a niñas, niños y
adolescentes no solo en la Provincia sino en el país; que lo
coloca a la vanguardia en dicha materia.
Que el Centro estará a cargo de un/a Mediador/a matriculado
Resolución N° 20
Córdoba, 9 de Marzo de 2015
VISTO: El expediente Nº 0027-055559/2014,
por el que se gestiona el cambio de afectación de
un mueble cajonera con persiana protectora
perteneciente a este Ministerio, con destino a la
Dirección General de Rentas.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4 obra acta de entrega y recepción
del bien en cuestión.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
prescripto por el inciso 3 a) del Artículo 124
del Decreto N° 525/95 reglamentario de la
Ley N° 7631 y Artículo 148 de la Resolución
N° 2/14 de la Secretaría de Administración
Financiera, lo informado por Contaduría Gen-
eral de la Provincia al N° 10-14/15 y por el
Área Contrataciones de esta Dirección Gen-
eral a fs. 8 y de acuerdo con lo dictaminado
por el Área Legales de este Ministerio al Nº
042/15,
LA DIRECTORA GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el cambio de
afectación de un (1) mueble cajonera con
persiana protectora perteneciente a este
Ministerio, con destino a la Dirección General de
Rentas.
ARTÍCULO 2º.- Los Organismos intervinientes
confeccionarán las respectivas fichas de “Alta” y
“Baja” con mención del presente instrumento le-
gal, comunicando a Contaduría General de la
Provincia para su desglose.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comu
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
CRA. SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
DIRECTORA GRAL. DE ADMINISTRACIÓN
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 115
Córdoba, 30 de Diciembre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0027-055292/2014.
Y CONSIDERANDO: Que en las presentes
actuaciones se propicia la contratación directa
con la firma Tecnoseguridad S.R.L. por el servicio
de mantenimiento preventivo de los sistemas fijos
contra incendio, instalados en el edificio de la
Dirección General de Rentas, sito en calle Rivera
Indarte N° 650 de la ciudad de Córdoba.
Que mediante Resolución N° 054/14 de esta
Dirección General fue declarada desierta la
Licitación Pública N° 13/14 oportunamente
autorizada por Resolución Nº 043/14 de la citada
Dirección, destinada a contratar el servicio de
que se trata.
Que obra en autos propuesta económica de la
mencionada firma.
Que a fs. 86 y 93 obran informes del Área
Infraestructura y Descentralización de este
Ministerio en el que manifiesta que el presupuesto
de la firma Tecnoseguridad S.R.L. responde a la
memoria descriptiva de los trabajos solicitados y
en un todo a los pliegos de condiciones técnicas
que rigieran dicha Licitación.
Que el Área Contrataciones de esta
Dirección General a fs. 101 sugiere contratar
con la firma TECNOSEGURIDAD S.R.L. a
razón de $ 6.560.- mensuales, a partir del 1°
de enero de 2015 y por el término de doce
(12) meses, haciendo un total de $ 78.720.-.
Que obra en autos nota de la firma
Tecnoseguridad S.R.L. en la cual expresa que
mantendrán la oferta por treinta días más a
partir del día 30 de diciembre de 2014.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas,
lo prescripto por los Artículos 10 inciso b)
(apartado 2) y 11 de la Ley N° 10155 y el
Puntos 7.1.7 y 10.1.2 del Decreto Nº 305/14
en concordancia con lo previsto en el artículo 42
de la Ley Nº 10176, la Orden de Compra Nº
2014/000084 y de acuerdo con lo dictaminado
por el Área Legales de este Ministerio al Nº 662/
14,
LA DIRECTORA GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- CONTRATAR en forma
directa con la firma TECNOSEGURIDAD S.R.L.
(CUIT N° 30-70865420-1), Ingresos Brutos:
270428941, el servicio de mantenimiento
preventivo de los sistemas fijos contra incendio
instalados en el edificio de la Dirección General
de Rentas, sito en calle Rivera Indarte N° 650
de la ciudad de Córdoba, a razón de $ 6.560.-
mensuales, a partir del 1° de enero de 2015
hasta el 31 de diciembre de 2015, haciendo un
total de $ 78.720.-, de acuerdo con Pliego de
Condiciones Generales, Pliego de Condiciones
Complementarias y Técnicas y Propuesta
Económica, los que como Anexos I, II y III con
cinco (5), ocho (8) y cinco (5) fojas útiles
respectivamente, forman parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que
demande el cumplimiento de la presente
Resolución por la suma total de PESOS SETENTA
Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTE ($
78.720.-) como Importe Futuro.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése
intervención al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
CRA. SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
DIRECTORA GRAL. DE ADMINISTRACIÓN
MINISTERIO DE FINANZAS
ANEXO
http://goo.gl/1tRtva
y conformado por mediadores habilitados con perfil en temática
de niñez, adolescencia y familia, para lo cual se debe abrir el
registro de inscripción de dichos profesionales por el plazo de
quince días corridos y dar a publicidad por cinco días hábiles en
el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, página web de la
Defensoría, medios de prensa, en otras instituciones con
incumbencia en la materia, etc.; a los fines de asegurar una
mayor y amplia difusión. El Centro funcionará en un espacio
físico adaptado para ese fin en la sede de la Defensoría sito en
Bv. Chacabuco N° 626, B° Nueva Córdoba, de esta ciudad; de
acuerdo a lo dispuesto en la Ley Provincial N° 8858 y su Decreto
Reglamentario N° 1773/00, siendo la DIMARC la autoridad de
aplicación.
Que no obstante ello, se podrá realizar la mediación en otros
ámbitos físicos distintos al de la sede, siempre a requerimiento de
las partes, Cuando las necesidades y condiciones así lo
determinen o cuando por razones estrictamente prohibidas por
la ley las partes no se puedan trasladar a la sede del Centro.
Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en las Leyes
N° 9396 y N° 9944.
EL DEFENSOR ADJUNTO DE LOS DERECHOS
DE LAS NIÑAS, NIÑOS V ADOLESCENTES
DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: DISPÓNGASE la apertura del registro de
“Mediadores con matrícula correspondiente, en especial quienes
tengan antecedentes en temática de niñez, adolescencia, familia,
por el término de quince días corridos desde esta publicación, en
la sede de la Defensoría sita en calle Chacabuco N° 626, B°
Nueva Córdoba, de esta ciudad, los días lunes a viernes de 9 a
17 hs. munidos de currículum vitae.”
ARTÍCULO 2: PUBLÍQUESE la presente Resolución en el
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, por el término de
cinco días hábiles.
ARTÍCULO 3: DE forma.
DR. REYNALDO MIGUEL RETTATORE
DEFENSOR ADJUNTO DE LOS DERECHOS
DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
PROVINCIA DE CÓRDOBA
DEFENSOR de los DERECHOS de las NAS, NOS y ADOLESCENTES
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

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