Resolución N° 114 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Marzo de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición23 de Febrero de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 42
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 2 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Decreto N° 182
Córdoba, 20 de Febrero de 2017
VISTO: La renuncia presentada por el señor Ministro de Desarrollo So-
cial de la Provincia de Córdoba, Rodrigo Miguel RUFEIL;
Y CONSIDERANDO:
Que atento los términos de la renuncia elevada a consideración de
este Poder Ejecutivo, corresponde aceptar la misma, agradeciendo al se-
ñor Rufeil los servicios prestados en el ejercicio de dicha función.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 144 de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo1°- ACEPTASE a partir de la fecha del presente Decreto, la re-
nuncia presentada p or el señor Rodrigo Miguel RUFEIL (M.I.N° 29.742.503),
al cargo de Ministro de Desarrollo Social de la Provincia de Córdoba, agrade-
ciéndole los servicios prestados en el ejercicio de dicha función y haciéndole
saber que deberá presentar su declaración jurada patrimonial en los términos
de la Ley N° 8198 y su reglamentación.-
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
Gobierno y por el señor Fiscal de Estado.-
Artículo 3°.- PROTOCOLICESE, comuníquese, dese a la Secretaría de
Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación, notifíquese, pu-
blíquese en el Boletín Ocial y archívese.-
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO DE
GOBIERNO / JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 114
Córdoba, 23 de febrero de 2017
VISTO: la necesidad de proceder a la cobertura de cargos vacantes de
Inspector de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Pro-
fesional dependiente del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que se tramita en autos la cobertura deseis (6) cargos vacantes de
Inspector en el ámbito de laaludida Dirección General, cuya declaración de
vacancia fuera dispuesta por el art. 1° de la Resolución N°0353/16 emana-
da de la citada Dirección General, en los términos establecidos por Ley N°
10237 y su Decreto Reglamentario N° 930/15.
Que en el Anexo I de la referida Resolución N° 0353/16, se detallan los
cargos que se encuentran vacantes y se convocan para cubrir mediante
Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición.
Que el ar t. 10 de la Ley N° 10237, establece taxativamente: “Estado de
vacancia y convocatoria. Producida la vacante, en eltérmino de cinco (5)
días la Dirección General deNivel/Modalidad en cuyo ámbito se hubiese
generado aquella,declarará la misma ad referéndum del Ministerio de Edu-
cación dela Provincia de Córdoba, y formalizará la convocatoria respecti-
va…”
Que declarada la vacancia en el marco legal aludido y ya en sustancia-
ción el Concurso de que se trata, corresponde previo a la designación de
los aspirantes que resultaren adjudicatarios, convalidar lo actuado en vir-
tud que no existe impedimento jurídico formal para adoptar dicha medida.
Por ello, los informes producidos y lo aconsejado en autos por la Direc-
ción General de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.-CONVALIDAR lo actuado por la Dirección General de Educa-
ción Técnica y Formación Profesional, en relación a declarar la vacancia de
seis (6) cargos de Inspector en el ámbito de dicha Dirección, medida que
fuera dispuesta por el art. 1° de la Resolución N°0353/16 y su Anexo I.
Art. 2º.-PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 33
Córdoba, 17 de febrero de 2017
VISTO: El expediente Nº 0716-002274/2017, por el que se propicia el cam-
bio de denominación y la ampliación del Fondo Permanente “E” –SUBSE-
CRETARÍA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA- de la Secretaría de Equi-
dad y Promoción de Empleo, creado por Resolución N° 183/16 de este
Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el ar tículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y
modicación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable en relación a la ampliación del Fondo Permanente solicitado,
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención de su competencia.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el co-
rrecto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-

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