Resolución Nº 113/GCABA/AVJG/17
Firmantes | Santilli |
Emisor | Vicejefatura de Gobierno |
VISTO:
Las Leyes N° 70 (texto consolidado Ley N° 5.666) y su modificatoria, N° 5.450 (texto
consolidado Ley N° 5.666), los Decretos N° 1510-GCABA/97 (texto consolidado Ley
N° 5.666), N° 1000/99, N° 363/15 y modificatorios, N° 87/16, la Resolución N° 29-
SSDHPC/2016, la Disposición N° 24-DGOGPP/11, el Expediente Electrónico N°
903717-SSDHPC/2016 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los responsables de programas y
proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos, deben
redactar un informe final sobre su gestión al dejar el cargo, prestando la colaboración a
quien legítimamente le sucede en el mismo;
Que por el Decreto N° 1000/99 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 70, cuyo
dispone que la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto tiene a su cargo.
establecer las características y el alcance del informe final sobre la gestión de los
funcionarios responsables de programas y proyectos que se alejen de sus cargos, los
cuales gozarán, por el plazo fijado en la ley de una remuneración equivalente a la del
cargo que ocupaban;
Que por Disposición N° 24-DGOGPP/11, la Dirección General Oficina de Gestión
Pública y de Presupuesto, aprobó la reglamentación que se aplica para la
presentación del informe final de gestión, en los términos del art. 25 de la Ley 70;
Que mediante el Decreto N° 87/16 se aceptó, a partir del 10 de diciembre del 2015, la
renuncia presentada por la Sra. Marisa Silvia Nasimoff, CUIL N° 27-16453969-0, al
cargo de Directora General de la Dirección General de Convivencia en la Diversidad
dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural;
Que por su parte, por medio de la Resolución N° 29-SSDHPC/2016, la Subsecretaria
de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural aprobó el informe final de gestión
presentado por la Sra. Marisa Silvia Nasimoff;
Que sin embargo, la Disposición N° 24-DGOGPP/11, establece que la aprobación del
informe final de gestión debe ser efectuada por la máxima autoridad de la jurisdicción
o entidad, o por el Jefe de Gobierno en el caso de Ministros y Secretarios del Poder
Ejecutivo;
Que la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural dependiente de la
Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno, tiene como
máxima autoridad...
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