Resolución Nº 113/GCABA/AVJG/17

FirmantesSantilli
EmisorVicejefatura de Gobierno

VISTO:

Las Leyes N° 70 (texto consolidado Ley N° 5.666) y su modificatoria, N° 5.450 (texto

consolidado Ley N° 5.666), los Decretos N° 1510-GCABA/97 (texto consolidado Ley

N° 5.666), N° 1000/99, N° 363/15 y modificatorios, N° 87/16, la Resolución N° 29-

SSDHPC/2016, la Disposición N° 24-DGOGPP/11, el Expediente Electrónico N°

903717-SSDHPC/2016 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los responsables de programas y

proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos, deben

redactar un informe final sobre su gestión al dejar el cargo, prestando la colaboración a

quien legítimamente le sucede en el mismo;

Que por el Decreto N° 1000/99 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 70, cuyo

artículo 14

dispone que la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto tiene a su cargo.

establecer las características y el alcance del informe final sobre la gestión de los

funcionarios responsables de programas y proyectos que se alejen de sus cargos, los

cuales gozarán, por el plazo fijado en la ley de una remuneración equivalente a la del

cargo que ocupaban;

Que por Disposición N° 24-DGOGPP/11, la Dirección General Oficina de Gestión

Pública y de Presupuesto, aprobó la reglamentación que se aplica para la

presentación del informe final de gestión, en los términos del art. 25 de la Ley 70;

Que mediante el Decreto N° 87/16 se aceptó, a partir del 10 de diciembre del 2015, la

renuncia presentada por la Sra. Marisa Silvia Nasimoff, CUIL N° 27-16453969-0, al

cargo de Directora General de la Dirección General de Convivencia en la Diversidad

dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural;

Que por su parte, por medio de la Resolución N° 29-SSDHPC/2016, la Subsecretaria

de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural aprobó el informe final de gestión

presentado por la Sra. Marisa Silvia Nasimoff;

Que sin embargo, la Disposición N° 24-DGOGPP/11, establece que la aprobación del

informe final de gestión debe ser efectuada por la máxima autoridad de la jurisdicción

o entidad, o por el Jefe de Gobierno en el caso de Ministros y Secretarios del Poder

Ejecutivo;

Que la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural dependiente de la

Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno, tiene como

máxima autoridad...

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