Resolución Nº 11216/GCABA/MCGC/16

FirmantesPetitt
EmisorMinisterio de Cultura

VISTO:

La Ley N° 3.022, el Decreto N° 868-10 y su modificatorio N° 902-10, las Resoluciones

Nros. 1.281-MCGC-16, 2.874-MCGC-16, 3.081-MCGC-11, 1.450-MCGC-12 y 4.867-

MCGC-16 y el Expediente Electrónico N° 26.884.209/MGEYA-DGTALMC/16, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 3.022 se creó el Régimen de Concertación para la Promoción de

la Actividad Musical No Dependiente del Ámbito Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires con el objeto de proteger, propiciar y fomentar la actividad musical en

vivo en todos sus géneros, y por el Decreto N° 868/10 y su modificatorio Decreto N°

902/10 se ha reglamentado dicha ley y se crea el Instituto BAMUSICA;

Que por Resoluciones N° 1.281-MCGC-16 y N° 2.874-MCGC-16 se designan los

miembros del Directorio del Instituto BAMUSICA, por Resolución N° 3.081-MCGC-11

se aprueban los modelos de contratos para viabilizar la ejecución de mencionado

Régimen y el otorgamiento de los subsidios correspondientes y por Resolución N°

1.450-MCGC-12 se determinan las normas complementarias estableciendo los

requisitos a ser cumplidos por los aspirantes a obtener los beneficios previstos en la

Ley citada ut supra;

Que mediante Resolución N° 4867-MCGC-16 se aprobó el contrato de Régimen de

Concertación para la Promoción de la Actividad Musical No Dependiente del Ámbito

Oficial de la Ciudad de Buenos Aires formalizado por el señor Director Administrativo

del Instituto BAMUSICA, en virtud de las facultades establecidas en el Art. 6° del

Anexo I del Decreto N° 868/10 con el club de música en vivo "Virasoro Bar", Artículos 1 a 7

representado en ese acto por la señora Paula Gisela Andrada, CUIT 27-18615447-4,

por una contribución de PESOS CIENTO SETENTA Y OCHO MIL ($ 178.000.-);

Que por los presentes actuados tramita la solicitud de refuerzo del contrato

mencionado ut supra;

Que, en ese sentido, y de conformidad con la evaluación realizada por el Directorio

BAMUSICA, se ha asignado al beneficiario, en concepto de contribución, para la

realización de la ejecución y/o producción musical, la suma de PESOS QUINCE MIL ($

15.000.-), conforme lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio;

Por ello, de acuerdo con las facultades establecidas en la Ley 3.022,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1° Apruébase el Contrato de Régimen de Concertación formalizado por el

señor Director Administrativo del Instituto BAMUSICA y el club de música en...

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