Resolución Nº 1114/GCABA/EATC/16

FirmantesAlcaraz
Jefe de GobiernoRodriguez Larreta
Emisor) Ente Autárquico Teatro Colón
Fecha de la disposición10 de Noviembre de 2016

VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 471 (texto consolidado en

la Ley N° 5.454), N° 2.855 (texto consolidado en la Ley N° 5.454) y N° 4.893, el

Decreto N° 1.342/08, la Resolución N° 1078-EATC-2016, el Expediente Electrónico N°

22.778.294/MGEYA-DGRHEATC/2016 y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo

43° que la Ciudad garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad

y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional y reconoce y organiza

las carreras por especialidad, a las que se ingresa y se promociona por Concurso

Público y Abierto;

Que, así también el artículo 32° de la Constitución de la Ciudad, contempla la

participación de los creadores y trabajadores y sus entidades, en el diseño y la

evaluación de políticas culturales;

Que, mediante la Ley N° 2.855, modificada por la Ley N° 4.893, se crea el Ente

Autárquico Teatro Colón, en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía

funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias determinadas en

esa ley, reglamentándose sus términos mediante el Decreto N° 1.342/08;

Que, el artículo 26° de la mencionada ley, dispone que la administración de los

recursos humanos del Ente Autárquico Teatro Colón se rige por la Ley N° 471, sus

normas reglamentarias, complementarias y modificatorias;

Que, la referida Ley N° 2.855 mediante su artículo 14° enumera las funciones de la

Dirección General, dentro de las que dispone las de establecer y administrar la

dotación de personal y planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el

desarrollo de los objetivos del Teatro y las actividades de los recursos humanos,

físicos, económicos, financieros y patrimoniales;

Que, por su parte, la Ley N° 471, en su artículo 2° establece que las relaciones de

empleo público comprendidas en dicha ley se desenvuelven con la sujeción al principio

de ingreso al empleo por Concurso Público y Abierto y en su artículo 31° dispone

como principio de la...

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