Resolución N° 1114 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 157
CORDOBA, (R.A.), LUNES 14 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente
el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 1193/2016 del Área
Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 16 por la Dirección General
de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- CLASIFICAR a partir de la fecha de la presente resolución
en el Grupo “B” de localización al Centro Educativo de Nivel Medio
para Adultos (C.E.N.M.A.) A.S.I.M.R.A. SEDE JEFES Y JEFAS DE HOGAR
de Villa Los Llanos (EE0117071), dependiente de la Dirección General de
Educación de Jóvenes y Adultos, que comparte instalaciones con el Centro
Educativo de Nivel Medio para Adultos (C.E.N.M.A.) A.S.I.M.RA. -Anexo-
de Villa Los Llanos, y en consecuencia OTORGAR por ese concepto la
bonicación del veinte por ciento (20 %) a su personal docente y del trece
por ciento (13 %) a su personal no docente, conforme con lo previsto en los
arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 366; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Admi
nistración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín O-
cial y archívese.
FDO. PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1109
Córdoba, 7 de agosto de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0110-112814/2007, del Registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obra petición en relación con la clasicación por localización del
Instituto Provincial de Educación Técnica N° 77 “GOBERNADOR SANTIA-
GO H. DEL CASTILLO” de Capital, dependiente de la Dirección General de
Educación Técnica y Formación Profesional, y la correspondiente Tabla de
Puntuación por la que se le asigna al mismo el Grupo “C”.
Que el servicio educativo mencionado, tiene asignado mediante Reso-
lución Ministerial N° 36/2008, el Grupo “B” de bonicación por localización
en zona desfavorable, correspondiéndole el veinte por ciento (20 %) a su
personal docente y el trece por ciento (13 %) a su personal no docente.
Que con posterioridad las distintas instancias jerárquicas emiten un
exhaustivo informe que da cuenta que la situación y las condiciones en el
sector donde se encuentra ancado el establecimiento educativo han va-
riado, motivo por el cual se estima procedente modicar el encuadramiento
otorgado oportunamente a la citada unidad escolar, debiendo en conse-
cuencia reclasicarla en el Grupo “C” con una bonicación del cuarenta
por ciento (40 %) al personal docente y del veintiséis por ciento (26 %) al
personal no docente.
Por ello, los informes producidos, lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9°
del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II, el Dictamen N° 0896/17 del Área
Jurídica de este Ministerio, y lo aconsejado a fs. 15 por la Dirección de
General de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- RECLASIFICAR, a partir de la fecha de la presente reso-
lución, en el Grupo “C” de localización al Instituto Provincial de
Educación Técnica N° 77 “GOBERNADOR SANTIAGO H. DEL CASTILLO”
de Capital, dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y
Formación Profesional, y en consecuencia, OTORGAR por ese concepto la
bonicación del cuarenta por ciento (40 %) al personal docente y del veinti-
séis por ciento (26 %) al personal no docente, conforme con lo previsto en
los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 365; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- DEJAR sin efecto la Resolución Ministerial N° 36/2008.
Art. 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, comuníquese, publíquese
en el Boletín Ocial y archívese.-
FDO. PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1114
Córdoba, 7 de agosto de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0645-001449/2016, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasicación por localiza-
ción del Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos (C.E.N.M.A.) N° 172
Sede Villa Concepción del Tío -Departamento San Justo- (EE0117111), de-
pendiente de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, y la
pertinente asignación de la bonicación respectiva a su personal docente
y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente

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