Resolución N° 111 - Letra:D 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Mayo de 2022
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 107
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 27 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 111 - Letra:D
Córdoba 26 de mayo de 2022
VISTO: El expediente Nº 0473-082197/2022
Y CONSIDERANDO:
Que por el inciso 5) del artículo 29 del Decreto N° 1615/19, raticado
por la Ley N° 10.726 –estructura Orgánica del Poder Ejecutivo Provincial
– es competencia del Ministerio de Finanzas entender en la recaudación
y la distribución de las rentas provinciales, conforme con la asignación de
presupuesto aprobado por la Legislatura.
Que el Código Tributario Provincial –Ley N° 6006 t.o. 2021 y su modi-
catoria- le asigna a la Dirección General de Rentas, como Organismo de
recaudación de los distintos tributos creado por la Provincia, la potestad de
administrar a los sujetos pasivos obligados al pago de los mismos.
Que, por el artículo 16 del referido Código Tributario, la Dirección, en el
marco de su competencia y en el ejercicio de sus funciones, debe promo-
ver las buenas prácticas en materia de simplicación tributaria.
Que, en tal sentido, la Dirección General de Rentas ha llevado a cabo
un proceso de identicación de contribuyentes y/o responsables que pue-
den ser considerados de interés scal y/o que pertenecen a sectores/
grupos especícos de la economía y/o que detentan características y/o
situaciones particulares conforme los lineamientos de política tributaria
denidos -entre otros aspectos y consideraciones- a los que denominó o
categorizó como “OMEGA.
Que el hecho y/o circunstancia de tal categorización permitirá contar
con un universo concreto respecto del cual se podrán diseñar mecanismos
y/o acciones simplicadas de gestión en la administración de los recursos
scales y, en su caso, de un acompañamiento más cercano en su vincula-
ción con el Fisco Provincial.
Que en base a lo expuesto, se estima conveniente disponer un segui-
miento especial y personalizado por parte de la Dirección General de Ren-
tas, de aquellos contribuyentes y/o responsables que sean caracterizados
como “OMEGA” por dicho Organismo, con el objetivo de controlar el cum-
plimiento formal y/o sustancial de sus obligaciones tributarias, de gestionar
el cobro de sus deudas y, en su caso, de otorgar el acceso a servicios web
de la Dirección en forma diferenciados con la nalidad de dar cumplimiento
de sus obligaciones y, asimismo, para optimizar su interacción con el Fisco.
Que la Dirección General de Rentas deberá establecer mecanismo de
análisis y revisión continua de los contribuyentes y/o responsables, a los
nes de la selección o baja de los sujetos que integrarán el denominado
grupo o categorización “OMEGA.
Que atento a lo expuesto en los considerandos precedentes, corres-
ponde derogar las disposiciones vigentes que involucren o reeran al se-
guimiento especial de determinados contribuyentes contenidas en la Reso-
lución N° 123/07 de este Ministerio.
Que la gestión propiciada cuenta con la conformidad del señor Secre-
tario de Ingresos Públicos.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la Uni-
dad de Asesoramiento Fiscal en Nota Nº 13/2022 y de acuerdo con lo dicta-
minado por la Dirección de Jurisdicción Asuntos Legales de este Ministerio
al Nº 2022/DAL-00000056.
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1° DISPONER que la Dirección General de Rentas dependiente
de la Secretaría de Ingresos Públicos de este Ministerio deberá efectuar un
seguimiento especial y personalizado de aquellos contribuyentes y/o respon-
sables que sean caracterizados como “OMEGA” por dicho Organismo, a los
nes de controlar el cumplimiento formal y/o sustancial de sus obligaciones
tributarias, de gestionar el cobro de sus deudas y, asimismo, de otorgar en
forma diferenciada el acceso a servicios web en el portal de la citada Dirección
permitiendo o facilitando el cumplimiento de sus obligaciones y, en su caso, la
optimización en la interacción o relación con el Fisco.
Artículo 2° ESTABLECER que para el cumplimiento de las disposi-
ciones del artículo 1° de la presente Resolución, la Dirección General de
Rentas, deberá implementar un mecanismo de análisis y revisión continua
de contribuyentes y/o responsables, debiendo poner en conocimiento de
los mismos, la fecha a partir de la cual quedaran caracterizados como
“OMEGA” o, en su caso, excluidos como tales.
Artículo 3° DEROGAR la Resolución N° 123/07 del Ministerio de Finanzas.
Artículo 4° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N° 2022/D-00000111
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 177
Córdoba, 24 de mayo de 2022
Expediente Nº 0045-022876/2020/A12.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Consorcio Caminero Único de
la Provincia de Córdoba solicita la aprobación de una ampliación de plazo y
del nuevo plan de avance y curva de inversión, correspondientes a la obra:
“MEJORAMIENTO DE CAMINOS RURALES – RUTA PROVINCIAL E-52
– TRAMO: POZO DEL MOLLE – LOS UCLES (RUTA PROVINCIAL N° 3) –
DEPARTAMENTOS GENERAL SAN MARTÍN, RÍO SEGUNDO Y UNIÓN”.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas – POP, de conformidad a
lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019,
la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Moderniza-

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