Resolución N° 111 - Letra:D 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Mayo de 2022 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
Fecha de la disposición | 26 de Mayo de 2022 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 107
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 27 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 111 - Letra:D
Córdoba 26 de mayo de 2022
VISTO: El expediente Nº 0473-082197/2022
Y CONSIDERANDO:
Que por el inciso 5) del artículo 29 del Decreto N° 1615/19, raticado
por la Ley N° 10.726 –estructura Orgánica del Poder Ejecutivo Provincial
– es competencia del Ministerio de Finanzas entender en la recaudación
y la distribución de las rentas provinciales, conforme con la asignación de
presupuesto aprobado por la Legislatura.
Que el Código Tributario Provincial –Ley N° 6006 t.o. 2021 y su modi-
catoria- le asigna a la Dirección General de Rentas, como Organismo de
recaudación de los distintos tributos creado por la Provincia, la potestad de
administrar a los sujetos pasivos obligados al pago de los mismos.
Que, por el artículo 16 del referido Código Tributario, la Dirección, en el
marco de su competencia y en el ejercicio de sus funciones, debe promo-
ver las buenas prácticas en materia de simplicación tributaria.
Que, en tal sentido, la Dirección General de Rentas ha llevado a cabo
un proceso de identicación de contribuyentes y/o responsables que pue-
den ser considerados de interés scal y/o que pertenecen a sectores/
grupos especícos de la economía y/o que detentan características y/o
situaciones particulares conforme los lineamientos de política tributaria
denidos -entre otros aspectos y consideraciones- a los que denominó o
categorizó como “OMEGA”.
Que el hecho y/o circunstancia de tal categorización permitirá contar
con un universo concreto respecto del cual se podrán diseñar mecanismos
y/o acciones simplicadas de gestión en la administración de los recursos
scales y, en su caso, de un acompañamiento más cercano en su vincula-
ción con el Fisco Provincial.
Que en base a lo expuesto, se estima conveniente disponer un segui-
miento especial y personalizado por parte de la Dirección General de Ren-
tas, de aquellos contribuyentes y/o responsables que sean caracterizados
como “OMEGA” por dicho Organismo, con el objetivo de controlar el cum-
plimiento formal y/o sustancial de sus obligaciones tributarias, de gestionar
el cobro de sus deudas y, en su caso, de otorgar el acceso a servicios web
de la Dirección en forma diferenciados con la nalidad de dar cumplimiento
de sus obligaciones y, asimismo, para optimizar su interacción con el Fisco.
Que la Dirección General de Rentas deberá establecer mecanismo de
análisis y revisión continua de los contribuyentes y/o responsables, a los
nes de la selección o baja de los sujetos que integrarán el denominado
grupo o categorización “OMEGA”.
Que atento a lo expuesto en los considerandos precedentes, corres-
ponde derogar las disposiciones vigentes que involucren o reeran al se-
guimiento especial de determinados contribuyentes contenidas en la Reso-
lución N° 123/07 de este Ministerio.
Que la gestión propiciada cuenta con la conformidad del señor Secre-
tario de Ingresos Públicos.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la Uni-
dad de Asesoramiento Fiscal en Nota Nº 13/2022 y de acuerdo con lo dicta-
minado por la Dirección de Jurisdicción Asuntos Legales de este Ministerio
al Nº 2022/DAL-00000056.
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1° DISPONER que la Dirección General de Rentas dependiente
de la Secretaría de Ingresos Públicos de este Ministerio deberá efectuar un
seguimiento especial y personalizado de aquellos contribuyentes y/o respon-
sables que sean caracterizados como “OMEGA” por dicho Organismo, a los
nes de controlar el cumplimiento formal y/o sustancial de sus obligaciones
tributarias, de gestionar el cobro de sus deudas y, asimismo, de otorgar en
forma diferenciada el acceso a servicios web en el portal de la citada Dirección
permitiendo o facilitando el cumplimiento de sus obligaciones y, en su caso, la
optimización en la interacción o relación con el Fisco.
Artículo 2° ESTABLECER que para el cumplimiento de las disposi-
ciones del artículo 1° de la presente Resolución, la Dirección General de
Rentas, deberá implementar un mecanismo de análisis y revisión continua
de contribuyentes y/o responsables, debiendo poner en conocimiento de
los mismos, la fecha a partir de la cual quedaran caracterizados como
“OMEGA” o, en su caso, excluidos como tales.
Artículo 3° DEROGAR la Resolución N° 123/07 del Ministerio de Finanzas.
Artículo 4° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N° 2022/D-00000111
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 177
Córdoba, 24 de mayo de 2022
Expediente Nº 0045-022876/2020/A12.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Consorcio Caminero Único de
la Provincia de Córdoba solicita la aprobación de una ampliación de plazo y
del nuevo plan de avance y curva de inversión, correspondientes a la obra:
“MEJORAMIENTO DE CAMINOS RURALES – RUTA PROVINCIAL E-52
– TRAMO: POZO DEL MOLLE – LOS UCLES (RUTA PROVINCIAL N° 3) –
DEPARTAMENTOS GENERAL SAN MARTÍN, RÍO SEGUNDO Y UNIÓN”.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas – POP, de conformidad a
lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019,
la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Moderniza-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba