Resolución Nº 110 'A'

EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 108
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 2 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 108 - Letra:A
Córdoba, 4 de Mayo de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-123047/2015 mediante el cual la Enti-
dad Civil denominada “CAMARA EMPRESARIAL DE CABAÑAS Y AFINES
DE PUNILLA NORTE (CECAFI de Punilla Norte)”, con asiento en la Ciudad
de La Falda, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 27 de Noviem-
bre de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales, estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 27 de Noviembre de 2015
por la Entidad Civil denominada “CAMARA EMPRESARIAL DE CABAÑAS
Y AFINES DE PUNILLA NORTE (CECAFI de Punilla Norte)”, CUIT N° 30-
71014233-1, con asiento en la Ciudad de La Falda, Provincia de Córdoba,
en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto, modicando los artículos N°
15, 26, 27, 28 y 29 en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el arts.-148 inc. b)
–169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las fa-
cultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada en
Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 27 de Noviembre de 2015,
modicando los artículos N° 15, 26, 27, 28 y 29 de la Entidad Civil deno-
minada “CAMARA EMPRESARIAL DE CABAÑAS Y AFINES DE PUNILLA
NORTE (CECAFI de Punilla Norte)”, CUIT N° 30-71014233-1, con asiento
en la Ciudad de La Falda, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 260 “A”/11 de fecha 28 de Junio de 2011.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial de la Provincia, vuelva al Área de Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 109 - Letra:A
Córdoba, 4 de Mayo de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-119567/2015 mediante el cual la En-
tidad Civil denominada “FUNDACION ICTUS”, con asiento en la Ciudad
de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Reunión Extraordinaria con fecha 30 de Abril de
2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales, estatutarios y legales con relación a la
Reunión Extraordinaria, celebrada con fecha 30 de Abril de 2015 por la
Entidad Civil denominada “FUNDACION ICTUS”, CUIT N° 30-70335895-7,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se
resolvió la Reforma del Estatuto, modicando el artículo N° 19, en procura
de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el arts.-148 inc. b)
–169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las fa-
cultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada
en Reunión Extraordinaria, celebrada con fecha 30 de Abril de 2015, mo-
dicando el artículo N° 19 de la Entidad Civil denominada “FUNDACION
ICTUS”, CUIT N° 30-70335895-7, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 284 ”A”/01 de fecha 11 de Diciembre de 1998.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial de la Provincia, vuelva al Área de Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 110 - Letra:A
Córdoba, 4 de Mayo 2016
VISTO: El Expediente Nº 0650-001302/2015 me-diante el cual la En-
tidad Civil denominada “ESCUELA DR. DALMACIO VE-LEZ SARSFIELD
Asociación Civil”, con asiento en la Ciudad de Arroyito, Provincia de Córdo-
ba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dis-puesta en Asamblea
General Ordinaria con fecha 22 de Junio de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales, estatutarios y legales con relación a la
Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha 22 de Junio de 2015 por
la Entidad Civil denominada “ESCUELA DR. DAL-MACIO VELEZ SARS-
FIELD Asociación Civil”, CUIT N° 30-54402586-0 con asiento en la Ciudad
de Arroyito, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del
Estatuto, modicando los artículos N° 1, 7, 9, 10,14, 15, 19 y 39 en procura
de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el arts.-148 inc. b)

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