Resolución Nº 11/GCABA/ISSP/17

FirmantesDe Langhe
EmisorINSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PÚBLICA

VISTO:

La Ley N° 5.688, el Decreto N° 224/2013, la Resolución Conjunta N° 11/SECLYT/2013

y su modificatoria, la Resolución N° 14/ISSP/13, los Expedientes Electrónicos N°

2384318/MGEYA/SGISSP/2017,N°1831242/MGEYA/SGISSP/2017,N°3177121/MGEY

A/SGISSP/2017,N°3752077/MGEYA/SGISSP/2017,N°1709152/MGEYA/SGISSP/2016

,N°2130451/MGEYA/SGISSP/2017,N°3512112/MGEYA/SGISSP/2017,N°3283001/MG

EYA/SGISSP/2017,N°3652997/MGEYA/SGISSP/2017yN°3176523/MGEYA/SGISSP/2

017,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 en el artículo 354 establece que el Instituto Superior de Seguridad

Pública es un ente autárquico descentralizado, en la órbita del Ministerio de Justicia y

Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme lo dispone el Estatuto de este Instituto, aprobado por medio de la

Resolución N° 14/ISSP/13, el mismo en su condición de Ente Autárquico se da su

Estatuto, establece su estructura organizativa y operativa, elige a sus autoridades,

designa o contrata personal, se vincula con otras universidades einstituciones

nacionales o extranjeras para el mejor cumplimiento de sus fines, y administra su

patrimonio;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública requiere la prestación de servicios de

diversa índole para la satisfacción de necesidades concretas;

Que dadas las necesidades existentes, resulta imperioso proceder a la contratación de

personal para prestar servicios en el Instituto Superior de Seguridad Pública, por los

períodos detallados en los Expedientes Electrónicos citados en el Visto;

Que las mencionadas contrataciones se encuentran encuadradas en el marco legal

previsto por el Decreto N° 224/13 y la Resolución Conjunta N° 11/SECLYT/13 y su

modificatoria, normativa que aprueba el procedimiento para la contratación de

personas físicas bajo el régimen de locación de servicios y de obra en el ámbito del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme los antecedentes expuestos, corresponde dictar el acto administrativo

pertinente.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO...

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