Resolución N° 11
Emisor | Dirección de Prevención de Accidentes de Transito |
Fecha de la disposición | 17 de Noviembre de 2014 |
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 212 CÓRDOBA, 4 de diciembre de 2014
el B.O. de fecha 19-12-2013, otorgadas mediante Resolución
General Nº 1902/2013 (B.O. 10-04-2013), que se detallan a
continuación:
. Mantener y reparar los bienes muebles e inmuebles
pertenecientes a la Repartición.
. Controlar el uso racional de los vehículos utilizados en el
traslado de personas o bienes, y registrar el gasto de com-
bustibles y a su vez realizar los controles periódicos
obligatorios y de mantenimiento de cada vehículo.
. Participar en la confección y suscripción de actas
respaldatorias de donación de bienes muebles a otros
Organismos o Entidades, previa autorización de la
Superioridad de acuerdo a la legislación vigente.
. Participar en la confección y suscripción de actas
respaldatorias de donación de papel en condiciones de
rezago, excepto de aquel cuya gestión de destrucción sea
objeto de expurgo (Decreto 1659/97 y modificatorias), pre-
via autorización del responsable del Sector.
. Ejecutar tareas de Logística y Mantenimiento edilicio.
. Supervisar la correcta prestación de los servicios
contratados por licitación tendientes al mantenimiento edilicio.
. Registrar e informar las novedades observadas sobre las
instalaciones e inmuebles.
ARTÍCULO 2°: DESAFECTAR a la Cra. Paula Andrea
Reginatto - D.N.I. N° 27.078.255, que se desempeña en el
Sector Coordinación Logística de las funciones asignadas
mediante Resolución General N° 1911/2013 de fecha 03 de
Mayo de 2013, (B.O. 30-05-2013).
ARTÍCULO 3°: ASIGNAR -transitoriamente- a la Cra. Paula
Andrea Reginatto - D.N.I. N° 27.078.255 las funciones que se
detallan a continuación:
. Mantener y reparar los bienes muebles e inmuebles
pertenecientes a la Repartición.
. Controlar el uso racional de los vehículos utilizados en el
traslado de personas o bienes, y registrar el gasto de com-
bustibles y a su vez realizar los controles periódicos
obligatorios y de mantenimiento de cada vehículo.
. Participar en la confección y suscripción de actas
respaldatorias de donación de bienes muebles a otros
Organismos o Entidades, previa autorización de la
Superioridad de acuerdo a la legislación vigente.
. Participar en la confección y suscripción de actas
respaldatorias de donación de papel en condiciones de
rezago, excepto de aquel cuya gestión de destrucción sea
objeto de expurgo (Decreto 1659/97 y modificatorias), pre-
via autorización del responsable del Sector.
. Ejecutar tareas de Logística y Mantenimiento edilicio.
. Supervisar la correcta prestación de los servicios
contratados por licitación tendientes al mantenimiento edilicio.
. Registrar e informar las novedades observadas sobre las
instalaciones e inmuebles.
. Generar e implementar acciones que lleven a la mejora con-
tinua de los Procesos de Soporte.
. Monitorear el desempeño del Sistema de Gestión de Calidad
en los Procesos de Soporte e informar sobre cualquier necesidad
de mejora.
. Promover las acciones tendientes a asegurar la planificación
del Sistema de Gestión de Calidad para cumplir con los objetivos
establecidos para los Procesos de Soporte.
. Desempeñar el rol de Referente de Calidad de los Procesos
de Soporte, planificando los objetivos anuales a llevarse a cabo.
. Supervisar la ejecución de las tareas tendientes a mantener
ordenada la documentación en custodia, permitiendo de esta
forma una ágil identificación de la misma, al momento de ser
solicitada por los diferentes sectores.
ARTÍCULO 4°: La presente Resolución tendrá vigencia a partir
del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°: PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el
BOLETÍN OFICIAL, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y
Archívese.
CR. LUCIANO G. MAJLIS
DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
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Resolución N° 11 Córdoba, 17 de Noviembre de 2014
VISTO: el Expediente N° 0458-044585/2014 por el que La Municipalidad de la localidad de Pilar, solicita la constitución de
mesa de examen a fin de determinar los conocimientos, aptitudes y capacidades de distinto personal que aspira a obtener
matrículas de Autoridades de Control y Evaluadores Teórico Prácticos para la Emisión de Licencias de Conducir y en materia
Normas de Transito-Seguridad Vial, de diverso personal de su dependencia y Municipalidades aledañas.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 5° de la Ley Provincial de Tránsito N° 8.560 define en calidad de Autoridad de Control, entre otros, "...al
organismo que determine la autoridad municipal o comunal de las jurisdicciones que adhieran a la presente Ley y su
Reglamentación, y cuyo personal esté especialmente capacitado mediante los cursos establecidos reglamentariamente, y sea
habilitado por la Autoridad de Aplicación Provincial para el control del tránsito...".
Que así también y junto a la autoridad de control mencionada, la normativa exige capacitación previa para el personal que
tendrá a su cargo las distintas evaluaciones (teórico-prácticas) de conducción (Art. 10, inciso 4, apartado "a", del Decreto N°
318/07, reglamentario de la Ley Provincial de Tránsito 8.560).
Que la Jefatura de División Capacitación, de esta Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, produce informe
circunstanciado de tal proceso de evaluación, situación de la que dan cuenta el Acta N° 050414.
Que conforme lo determina el referido Artículo 10, inciso 6) del plexo normativo supra consignado, esta Dirección de
Prevención de Accidentes de Tránsito puede disponer la entrega de los Certificados pertinentes.
Que a tales fines, y habiéndose satisfecho las exigencias legales de rigor, corresponde dictar el instrumento que habilite al
personal en calidad de Autoridades de Control y Evaluadores Teórico-Prácticos y ordenar su inscripción en los Registros
pertinentes.
Por ello y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica de esta Dirección bajo el N° 041/2014:
EL DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE PREVENCIÓN DEACCIDENTES DE TRÁNSITO
R E S U E L V E:
1°.- APROBAR lo actuado respecto del proceso de evaluación realizado en la localidad de Pilar para personal dependiente
de esa Municipalidad y Municipalidades aledañas, llevado adelante por dependencias técnicas de esta Dirección y que
concluyera con la instrumentación del Acta N°050414, todo ello de conformidad a lo explicitado en el Anexo I, que forman parte
de la presente resolución.
2°.- ORDENAR por la División - Capacitación de esta Dirección, se proceda a la inscripción en los registros pertinentes a las
personas habilitadas por la misma, consignadas en el Anexo I que forman parte de la presente Resolución, con los números de
Matrícula asignados en los mismos.
4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. MIGUEL A. RIZZOTTI
DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRANSITO
ANEXO
http://goo.gl/ZJ3KE2
Resolución N° 13 Córdoba, 17 de Noviembre de 2014
VISTO: el Expediente N° 0458-044728/2014 por el Organismo Intermunicipal de Bromatología y Control Ambiental General
Cabrera y zona de influencia, solicita la constitución de mesa de examen a fin de determinar los conocimientos, aptitudes y
capacidades de distinto personal que aspira a obtener matrículas de Autoridades de Control y Evaluadores Teórico Prácticos
para la Emisión de Licencias de Conducir y en materia Normas de Transito-Seguridad Vial, de diverso personal de su
dependencia y Municipalidades aledañas.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 5° de la Ley Provincial de Tránsito N° 8.560 define en calidad de Autoridad de Control, entre otros, "...al
organismo que determine la autoridad municipal o comunal de las jurisdicciones que adhieran a la presente Ley y su
Reglamentación, y cuyo personal esté especialmente capacitado mediante los cursos establecidos reglamentariamente, y sea
habilitado por la Autoridad de Aplicación Provincial para el control del tránsito...".
Que así también y junto a la autoridad de control mencionada, la normativa exige capacitación previa para el personal que
tendrá a su cargo las distintas evaluaciones (teórico-prácticas) de conducción (Art. 10, inciso 4, apartado "a", del Decreto N°
318/07, reglamentario de la Ley Provincial de Tránsito 8.560).
Que la Jefatura de División Capacitación, de esta Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, produce informe
circunstanciado de tal proceso de evaluación, situación de la que dan cuenta el Acta N° 050414.
Que conforme lo determina el referido Artículo 10, inciso 6) del plexo normativo supra consignado, esta Dirección de
Prevención de Accidentes de Tránsito puede disponer la entrega de los Certificados pertinentes.
Que a tales fines, y habiéndose satisfecho las exigencias legales de rigor, corresponde dictar el instrumento que habilite al
personal en calidad de Autoridades de Control y Evaluadores Teórico-Prácticos y ordenar su inscripción en los Registros
pertinentes.
Por ello y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica de esta Dirección bajo el N° 043/2014:
DIRECCIÓN DE
PREVENCIÓN de ACCIDENTES de TRÁNSITO
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