Resolución N° 109

EmisorMinisterio de Agricultura y Ganadería
Fecha de la disposición 3 de Julio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 123
CORDOBA, (R.A.) MARTES 3 DE JULIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
EL MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
Artículo 1º INDIVIDUALIZAR el bien declarado de utilidad pública y
sujeto a expropiación para la ejecución de la obra “PROYECTO DE OBRAS
BÁSICAS DEL SISTEMA DE DESAGÜES CLOACALES PARA LA LOCA-
LIDAD DE CHAZÓN (DPTO. SAN MARTÍN)” conforme Plano de Mensura
para Expropiación obrante en autos, que como Anexo Único, compuesto de
una (1) foja útil, integra el presente instrumento legal, estableciendo que la
identicación del inmueble incluye lo que más o en menos resulte de los
planos de mensura denitiva que se realicen para la ejecución de la obra.
Artículo 2º DETERMINAR oportunamente el valor denitivo del in-
mueble a expropiar, por intermedio del Consejo General de Tasaciones de
la Provincia.
Artículo 5º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención a la
Secretaría General de la Gobernación, al Consejo General de Tasaciones
de la Provincia, a la Dirección General de Administración, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia y pasen a la Secretaría de Servicios Públicos de
este Ministerio a sus efectos.
FDO: FABIAN LOPEZ, MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS.
ANEXO
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Resolución N° 109
Córdoba, 29 de Junio de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0435-067432/2018, registro de este Ministerio de
Agricultura y Ganadería;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 566/2018, en su artículo 12°, se establece
el día 30 de Junio de 2018 como fecha límite hasta la cual los productores
alcanzados por las disposiciones del referido instrumento legal, deberán
presentar a través de la Plataforma de Servicios “Ciudadano Digital” del
Gobierno de la Provincia de Córdoba creado por Decreto Nº 1280/2014, las
Declaraciones Juradas que a tal efecto disponga esta cartera de estado.
Que el señor Secretario de Agricultura solicita prorrogar la fecha de
presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los productores
afectados, en virtud de que se han registrado inconvenientes materiales en
la carga de las referidas a través de la Plataforma de Servicios “Ciudadano
Digital”. Seguidamente sugiere como fecha de prórroga el día 31 de Julio de
2018.
Que ha tomado conocimiento de la situación descripta la Secretaría de
Ingresos Públicos dependiente del Ministerio de Finanzas.
Por ello y la facultad conferida por el artículo 13º inciso a) del Decreto
Nº 566/2018;
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
RESUELVE
Artículo 1º PRORROGAR el plazo de recepción de las Declaraciones
Juradas que deberán presentar los productores alcanzados por las dispo-
siciones del Decreto N° 566/2018 a través de la Plataforma de Servicios
“Ciudadano Digital” del Gobierno de la Provincia de Córdoba creado por
Decreto Nº 1280/2014, hasta el día 31 de Julio de 2018.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: SERGIO SEBASTIAN BUSSO, MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
RESPONSABLE: LILIANA LOPEZ

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