Resolución N° 106 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 21 de Febrero de 2017 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
5
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 180
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 14 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 11 y de acuerdo con lo
dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº
601/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° CREAR el Fondo Permanente “B” – CUENTA ESPECIAL
LEY 10.067- de la Fuerza Policial Antinarcotráco, por la suma de PESOS
CIEN MIL ($ 100.000.-), con límite por cada pago hasta Cinco (5) veces
el índice uno (1) previsto por el Artículo 11 de la Ley N° 10.155, del que
será responsable el Titular del Servicio Administrativo de dicho organis-
mo. Integra como Anexo I de la presente Resolución, con una (1) foja útil,
el Formulario T2-Solicitud de Apertura, Modicación y/o Cierre de Fondos
Permanentes.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, al Servicio Adminis-
trativo de la Fuerza Policial Antinarcotráco y a la Dirección General de
Tesorería y Crédito Público, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO:
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACION
OPERATIVA
Resolución N° 106
Córdoba, 13 de Setiembre de 2016
VISTO: El expediente Nº 0027-061767/2016.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona mediante la Subasta
Electrónica Inversa N° 2016/0000027 la contratación de la adecuación, pro-
visión, instalación y mantenimiento de un sistema de control de acceso de
personas con autenticación biométrica y tarjetas en el edicio del Ministe-
rio de Finanzas sito en calle Concepción Arenal 54.
Que a fs. 44 el Área Contrataciones informa que por haberse detectado
un error material involuntario en la publicación del llamado en el Boletín
Ocial en el renglón “Precio Básico de Referencia” corresponde dejar sin
efecto la presente subasta por no cumplirse con los requerimientos de las
especicaciones de publicidad previstos en el artículo 8.2.2.2. del Decreto
N° 305/14 Reglamentario de la Ley N° 10.155
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dispuesto en el artículo
8.2.2.2 del Decreto Nº 305/14 Reglamentario de la Ley N° 10.155, en con-
cordancia con lo previsto en el artículo 27 inciso a) de dicha Ley y Artículo
7 del Pliego de Condiciones de Contratación –Generales y Particulares- y
de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este
Ministerio al Nº 631/16,
LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
R E S U E L V E :
Artículo 1º DEJAR SIN EFECTO la Subasta Electrónica Inversa Nº
2016/000027 realizada con el objeto de la contratación de la adecuación,
provisión, instalación y mantenimiento de un sistema de control de acceso
de personas con autenticación biométrica y tarjetas en el edicio del Mi-
nisterio de Finanzas sito en calle Concepción Arenal 54, atento lo expresa-
do en los considerandos.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: MICAELA VANESA SPERANZA, DIRECTORA GENERAL DE COORDINA-
CIÓN OPERATIVA
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución General N° 2100
Córdoba, 06 de Septiembre de 2016.-
VISTO: Lo establecido en los Artículos 17 y 21 del Código Tributario
vigente, Ley N° 6006 – T. O. 2015 y modicatorias,
Y CONSIDERANDO:
QUE en virtud de las tareas que se llevan a cabo en la Subdirección de
Jurisdicción de Asistencia Indirecta al Ciudadano dependiente de la Direc-
ción General de Rentas, se estima oportuno y conveniente asignar a los
Agentes que se desempeñan en la referida Subdirección, las facultades y
tareas que se indican en cada caso en particular en la presente Resolu-
ción.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 17 y 21 del
Código Tributario - Ley N° 6006 - T.O. 2015 y sus modicatorias,
EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS EN SU CARÁCTER DE
SUPERINTENDENTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE RENTAS Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- ASIGNAR a los Agentes que se detallan a continua-
ción y que se desempeñan en la Subdirección de Jurisdicción de Asisten-
cia Indirecta al Ciudadano dependiente de la Dirección General de Rentas,
la facultad de dar fe de la autenticidad de las copias y/o fotocopias que
expida la Dirección, a pedido de Contribuyentes, Responsables, Terceros u
Organismos Ociales y Privados:
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba