Resolución Nº 1055/GCABA/MAYEPGC/15
Firmantes | Cenzón |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 27 de Julio de 2015 |
VISTO:
el Expediente N° 110339/11 e incorporados, el Sumario N° 30/11, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramitó el sumario administrativo ordenado
por la Resolución N° 40-MAYEPGC/11 a los fines de investigar los hechos y deslindar
las responsabilidades a que hubiere dado lugar por la desaparición de un ataúd de
madera, del Nicho N° 2135, Fila 02 de la Galería 11 del Cementerio de la Chacarita,
en la sede de la Dirección General Cementerios dependiente de la Subsecretaría de
Mantenimiento del Espacio Público;
Que, como antecedente del caso, obra en el Expediente precitado la denuncia
efectuada en la Dirección de Cementerio de la Chacarita con fecha 27 de julio de
2010, de la Sra. Susana Tiscornia, quien manifestó que como arrendataria del Nicho
2135, Fila 02 de la Galería 11, ataúd cuerpo entero, se había presentado a los efectos
de proceder al traslado conteniendo los restos mortales de su madre Magdalena
Emma de Tiscornia con destino al Crematorio, al momento de la apertura del nicho
observó que solamente se encontraba la caja metálica sin el ataúd de madera y
agregó que durante veinticinco (25) años cumplió rigurosamente con el pago del
arrendamiento del nicho y del cuidador de la limpieza, y en consecuencia, solicitó una
investigación;
Que, asimismo, con fecha 28 de julio de 2010, se expidió Héctor Ángel Gradin, quien
informó que desde hacía treinta y cinco (35) años era cuidador profesional y tenía a su
cuidado el nicho denunciado, recibiendo por ello, el pago que la Sra. Tiscornia le
abonada, y con relación a la desaparición del ataúd respectivo, expresó que se
anotició el día en que se procedió a la apertura del nicho para su desocupación;
Que, con fecha 11 de agosto de 2010, el Jefe del Departamento Mortuorio, Miguel
Ángel Galante, comunicó mediante Nota S/N° lo sucedido a la Directora Operativa e
hizo saber que la tarea fue realizada por el agente Cristian Norberto Albornoz y que la
caja metálica se trasladó al Pabellón Anexo del Cementerio en el Salón de
Reparaciones, Catre 95, registrado con fecha 27/07/2010 en el Libro de Ingresos y
Egresos, Folio 46, Renglón 9;
Que, en el mismo sentido, luce agregada al Expediente citado en el Visto el Acta de
Constancia datada el 28 de julio de 2010, oportunidad en que se presentó Cristian
Norberto Albornoz, F.C. N° 733.921, quien relató que encontró la caja metálica sin el
correspondiente ataúd de madera y asimismo, mediante el Acta de Constancia datada
el 30 de julio de 2010, el agente Lucas Ricardo Cresta ratificó lo expuesto por
Albornoz, procediendo de igual modo Luis Ariel Mañano, en la aludida fecha;
Que, conforme surge del Informe N° 1041390-DGCEM/10, la Directora Operativa del
Cementerio de la Chacarita prestó declaración testimonial sobre la detección de la caja
metálica sin el ataúd de madera, en la Causa C-13-30338 en trámite por ante el
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 12, Secretaría N° 78;
Que, abierta la etapa de instrucción, con fecha 11 de julio de 2012 prestó declaración
testimonial la entonces Directora Operativa de la Dirección General de Cementerios,
Olga Emilia Stancato, y manifestó que tomó conocimiento del hecho por la hija de
quien en vida fuera Magdalena Emma de Tiscornia, la que estuvo presente al abrirse
el nicho para su traslado al Crematorio, circunstancia en que advirtió que faltaba la
caja de madera, y reseñó que tomó una manifestación a la denunciante y,
posteriormente, citó a los agentes intervinientes y elevó lo actuado en el Cementerio
de la Chacarita, al Director General para la prosecución de su trámite;
Que, asimismo, la entonces Directora Operativa aclaró que los cuidadores eran
...
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