Resolución Nº 105/GCABA/MAYEPGC/17

FirmantesMacchiavelli
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

VISTO:

Las Leyes N° 1218 y N° 4977, el Expediente Electrónico N° 22002104-MGEYA-

DGCEM-2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto tramita la petición efectuada por la Señora

Griselda Del Valle Soria con fecha 26 de septiembre de 2016, por cuanto solicita

autorización para la cremación de los restos del extinto, Alfredo Oscar López;

Que conforme surge de la constancia del Sistema Informático de Cementerios de

Buenos Aires, a orden N° 6, la solicitante acredita ser arrendataria del Nicho N° 23556,

Galería 22, Fila 3, del Cementerio de Chacarita, cuyo vencimiento operará el día 5 de

febrero de 2017;

Que en virtud de ello a orden N° 7, la interesada acompañó título de arrendamiento del

nicho donde se encuentran los restos del fallecido mencionado, partida de defunción

del mismo con fecha 5 de febrero de 2001, información sumaria de convivencia de la

Dirección General de Estado Civil y Capacidad de las Personas, información sumaria

judicial y por último, comprobante del seguro de vida del fallecido a nombre de la

solicitante;

Que la Dirección General de Cementerios, tomo intervención a través del Informe N°

2016-24217068-DGCEM;

Que al respecto cabe indicar que la Ley N° 4977 en su artículo 111 regula la

cremación directa a la que responde la voluntad de los familiares del fallecido,

solicitada por ante la autoridad de aplicación;

Que asimismo, en su artículo 119 establece que aquellas cremaciones de cadáveres

que fueren solicitadas después del año de fallecimiento serán denominadas reducción

por cremación;

Que por su parte, el artículo 121 señala que, superado el lapso de quince años, la

Declaración Jurada podrá ser suscripta por el arrendatario y/o familiar para poder

disponer de los restos, con lo que asumirá en forma personal y exclusiva, las

responsabilidades que pudieren derivar de dicho acto;

Que en los presentes actuados, están dados los presupuestos para la aplicación de

los artículos 111, 119 y 121 de la Ley N° 4977;

Que corresponde al Ministro de Ambiente y Espacio Público la facultad de otorgar la

autorización para la cremación en los Cementerios de la Ciudad de Buenos Aires, en

virtud de lo establecido en el artículo 65 de la Ley N° 4977;

Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete en

...

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