Resolución Nº 105/GCABA/MJYSGC/16
Firmantes | Ocampo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
Fecha de la disposición | 26 de Febrero de 2016 |
VISTO:
Las Leyes Nros. 1181, 2811 y 4824, el Expediente N° 2016-6881651-MGEYA-SSJUS,
y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 1181 se instituyó la creación del Sistema de Seguridad Social para
Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de carácter obligatorio y se creó
la Caja de Seguridad Social para Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(CASSABA);
Que por Ley N° 2811 se disolvió e inició el proceso de liquidación de CASSABA,
derogándose la Ley N° 1181;
Que por intermedio de la Ley N° 4824 se subrogaron en el Tesoro de la Ciudad las
obligaciones previsionales emergentes del sistema previsional creado por Ley N°
1181, y derogado por Ley N° 2811, realizándose la liquidación y pago de las mismas a
sus beneficiarios conforme al procedimiento específico que determine la autoridad de
aplicación;
Que asimismo, mediante la Ley N° 4824, se creó el Fondo de Asistencia para
Abogados, Jubilados y Pensionados de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene por
objeto asegurar la administración de los fondos para la atención y pago de los
beneficios previsionales surgidos del régimen creado por la Ley N° 1181;
Que, de igual forma, la Ley N° 4824 designó a la Subsecretaría de Justicia del
Ministerio de Justicia y Seguridad como Autoridad de Aplicación de la normativa, en
tanto que el DecretoN° 121/GCABA/16, modificatorio de la estructura de dicho
Ministerio, puso en cabeza de su Dirección General Técnica, Administrativa y Legal la
coordinación de la asistencia y las tareas contables relativas a la liquidación a favor de
los beneficiarios de la ex Caja de Seguridad Social de los Abogados de la Ciudad de
Buenos Aires;
Que mediante el Informe N° IF-2016-6883857-SSJUS, se estableció la nómina de
beneficiarios que han reunido los requisitos necesarios para proceder al pago del mes
de ENERO de 2016, indicando nombre, N° de CUIL, monto a percibir por cada uno de
ellos y su respectivo CBU bancario, procediéndose a determinar también la cifra global
de pago, la cual asciende a PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS
TRECE CON 33/100 ($ 191.913,33);
Que la Subgerencia Operativa de Presupuesto de la Dirección General Técnica,
Administrativa y...
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