Resolucion Nº 105 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 109
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 3 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 104 - Letra:A
Córdoba, 3 de Mayo de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-119030/2015, mediante el cual la En-
tidad Civil denominada “ASOCIACION SUDAMERICANA DE AIKIDO
CORDOBA ASOCIACION CIVIL, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley
8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil de-
nominada “ASOCIACION SUDAMERICANA DE AIKIDO CORDOBA
ASOCIACION CIVIL, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como
Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 105 - Letra:A
Córdoba, 3 de Mayo de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0007-121612/2015 mediante el cual la En-
tidad Civil denominada “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS
CHAMPAQUI ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Localidad de Yacanto,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y en
uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley
8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil de-
nominada “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS CHAMPAQUI
ASOCIACION CIVIL, con asiento en la Localidad de Yacanto, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como
Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.-
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 117 - Letra:A
Córdoba, 4 de Mayo de 2016
VISTO El Expediente Nº 0007-122792/2015 mediante el cual la En-
tidad Civil denominada “CLUB MOTONAUTICO CORDOBA, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la
Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 18
de Noviembre de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, scales, estatutarios y legales con relación a la
Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 18 de Noviembre de 2015
por la Entidad Civil denominada “CLUB MOTONAUTICO CORDOBA, CUIT
N° 30-58451034-6, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto, modicando los
artículos N° 23, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54 y 55 en procura de
mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el arts.-148 inc. b)
–169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sanciona-
da en Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 18 de Noviembre de

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