Resolución N° 105

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2015
CÓRDOBA, 5 de Octubre de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX Nº 191 Primera Sección 3
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento (A.C.I.F.)
Sociedad de Economía Mixta (S.E.M.) comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección General de
Arquitectura a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/Ug5fmp
Córdoba, 21 de Setiembre de 2015
VISTO: El expediente Nº 0047-015718/2011 – Cuerpos 1 al
3, del registro del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Arquitectura propicia se autorice
la cesión del contrato de la obra: “Construcción nuevo Edificio
para I.P.E.M. Nº 255 y ALBERGUE, ubicados en calle María
Acosta Nº 751 - Barrio Centro – Localidad de La Carlota -
Departamento Juárez Celman – PROVINCIA DE CÓRDOBA”,
efectuada por la Empresa HINSA S.A., adjudicataria de la misma,
a favor de la Empresa INCISA S.A.
Que por Decreto Nº 1216, de fecha 28 de Julio de 2011, se
adjudicó a la Empresa HINSA S.A la obra de referencia,
suscribiéndose el respectivo contrato con fecha 25 de octubre
de 2011.
Que mediante nota de fecha 17 de julio de 2015, el Presidente
de la Empresa HINSA S.A., conjuntamente con el Presidente de
la Empresa INCISA S.A., solicitan autorización para ceder y
transferir a esta última el contrato de obra de que se trata,
adjuntando el contrato privado suscripto a tal efecto.
Que en el referido contrato de cesión la Empresa HINSA S.A.
cede y transfiere a la Empresa INCISA S.A. y ésta acepta todos
los derechos y obligaciones emergentes del contrato de obra
pública celebrado oportunamente.
Que en la Cláusula Segunda se establece que una vez
obtenida la autorización del Comitente, INCISA S.A. ejecutará
por su cuenta y riesgo todos los trabajos relacionados con la
ejecución de la obra, desde el Certificado de Medición Parcial
Nº 37 en adelante.
Que luce agregada Acta de Directorio de fecha 07 de julio de
2015, de la Empresa HINSA S.A. mediante la cual se autoriza
al Presidente a ceder a favor de INCISA S.A. el Contrato de
Obra Pública en cuestión.
Que la Inspección de Obras de la Dirección General de
Arquitectura manifiesta en autos que el avance de obra al
Certificado de Medición Parcial Nº 36, es del 85,56%.
Que luce agregado Póliza de Seguro de Caución N°
61310 emitida por INTEGRITY SEGUROS ARGENTINOS S.A.,
por la suma de $ 640.418,00 y Certificado de Habilitación para
Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores de
Obras (artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y Resolución Nº 0002/99
del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda).
Que de la documentación obrante en autos surge que la
cesionaria cumple con las condiciones objetivas que permiten
considerar desde el punto de vista jurídico, procedente la
autorización de la cesión del contrato de que se trata, de
conformidad con lo establecido en los artículos 34 de la Ley N°
8614 y 93 del Pliego General de Condiciones – Decreto N°
4758/77.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurisdicción del
Ministerio de Infraestructura con el Nº 440/2015, por Fiscalía de
Resolución N° 105
Córdoba, 25 de Setiembre de 2015
VISTO: El expediente Nº 0034-084891/2015.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona la contratación de la provisión de dispensers de
agua fría, caliente y bidones de agua mineral de 20 litros, con destino a la Dirección General de
Rentas.
Que a fs. 30 el Área Contrataciones informa que a tal fin se realizó la Subasta Electrónica Inversa
Nº 2015/000031 y no habiéndose presentado ninguna oferta, propicia dejar sin efecto la referida
Subasta Electrónica Inversa, debido a que se modificarán los pliegos a los fines de convocar un
mayor número de oferentes.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dispuesto en el artículos 6 inciso b) y 8 de la Ley Nº
10.155 y el artículo 6, Punto 6.2.3.2 del Decreto Reglamentario Nº 305/14 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 498/15,
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E :
Artículo 1º DEJAR SIN EFECTO la Subasta Electrónica Inversa Nº 2015/000031 realizada con
el objeto de contratar la provisión de dispensers de agua fría, caliente y bidones de agua mineral de
20 litros, con destino a la Dirección General de Rentas, atento lo expresado en considerandos.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
MINISTERIO DE FINANZAS
Estado bajo el Nº 765/15 , y en uso de sus atribuciones
constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- ACÉPTASE y AUTORÍZASE la cesión del
contrato de la obra: “Construcción nuevo Edificio para I.P.E.M.
Nº 255 y ALBERGUE, ubicados en calle María Acosta Nº 751 -
Barrio Centro – Localidad de La Carlota - Departamento Juárez
Celman – PROVINCIA DE CÓRDOBA”, efectuada por la
Empresa HINSA S.A., adjudicataria de la misma, a favor de la
firma INCISA S.A., a partir del Certificado de Medición Parcial
Nº 37, siendo el Avance de obra al Certificado de Medición
Parcial Nº 36 del 85,56%.
Artículo 2º.- AUTORÍZASE la devolución de la Póliza de
Seguro de Caución Nº 187825, expedida por FEDERACIÓN
PATRONAL SEGUROS S.A., a favor de la Empresa HINSA
S.A.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por
el señor Ministro de Infraestructura y el señor Fiscal de
Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, notifíquese, dése intervención a la
Dirección General de Administración del Ministerio de
Infraestructura y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACN
- MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 107 Córdoba, 25 de Setiembre de 2015
VISTO: El expediente Nº 0034-085184/2015.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona la contratación de un servicio de limpieza para el
inmueble que ocupa la Receptoría de la Dirección General de Rentas en la ciudad de Morteros sito
en calle Juan B. Justo N° 175.
Que a fs. 25 el Área Contrataciones informa que a tal fin se realizó la Subasta Electrónica Inversa
Nº 2015/000029 y no habiéndose presentado ninguna oferta propicia dejar sin efecto la referida
Subasta Electrónica Inversa, debido a que se modificarán los pliegos a los fines de convocar un
mayor número de oferentes.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dispuesto en el artículos 6 inciso b) y 8 de la Ley Nº
10.155 y el artículo 6, Punto 6.2.3.2 del Decreto Reglamentario Nº 305/14 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 501/15,
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E :
Artículo 1º DEJAR SIN EFECTO la Subasta Electrónica Inversa Nº 2015/000029 realizada con
el objeto de contratar un servicio de limpieza para el inmueble que ocupa la Receptoría de la
Dirección General de Rentas en la ciudad de Morteros sito en calle Juan B. Justo N° 175, atento lo
expresado en considerandos.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
MINISTERIO DE FINANZAS

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