Resolución Nº 1040/GCABA/MJYSGC/15

FirmantesMontenegro
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2015

VISTO:

Las Leyes N° 2.894 y 2.947, la Resolución N° 644/MJYSGC/13, el Decreto N° 1510/97,

el Expediente Electrónico N° 13287313/SII/14, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 644/MJYSGC/13 se designó en la Policía Metropolitana

con el grado de Oficial al Sr. Gabriel de Jesús Palomo (DNI N° 27.428.810);

Que, el nombrado interpuso reclamo de jerarquía contra dicha Resolución por el grado

con el que fue nombrado;

Que, el mencionado reclamo resulta holgada y manifiestamente extemporáneo, en

virtud de lo cual la presentación del Oficial Palomo debe considerarse como una

denuncia de ilegitimidad conforme lo dispone el Artículo 94 del Decreto N° 1510/97;

Que, la Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial

informó que la asignación de jerarquía fue realizada siguiendo las pautas que regían a

la fecha de su incorporación en la Policía Metropolitana;

Que, toda vez que se siguieron los parámetros establecidos para el ingreso de

personal con experiencia del año 2013, resulta improcedente su petición;

Que, conforme fuera anteriormente señalado, toda vez que la presentación mediante

la cual se interpone el Recurso de Reconsideración consiste en una denuncia de

ilegitimidad, es dable aclarar que el presente acto administrativo resulta irrecurrible y

no habilita la instancia judicial, conforme lo dispuesto por el artículo precitado;

Que, una solución diferente violaría el derecho de igualdad del administrado que ha

cumplido con lo establecido por la legislación vigente y ha ejercido su derecho en

debido tiempo y forma, frente al que ha abandonado voluntariamente su derecho o ha

actuado negligentemente;

Que, el Sr. Jefe de la Policía Metropolitana tomó la debida intervención de su

competencia;

Que, corresponde expedirse en los términos de la Ley de Procedimientos

Administrativos y resolver la denuncia de ilegitimidad mencionada ut supra.

Por ello, y en uso de las facultades que le son...

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