Resolución Nº 104/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 27322560/DGROC/2016 de Ajustes de obra para la finca sita en la

calle Juan María Gutiérrez N° 2576/82, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso

destinadas a "Vivienda Multifamiliar con cocheras y local comercial"

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 27.53 m2 fueron

ejecutados en forma no reglamentaria (7 Piso: gimnasio) según surge del cotejo entre

el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas

s/N° de Orden 9 Pág. 1 a 22/23 (PLANO-2016-27322511-DGROC) y los planos

presentados para regularizar la situación s/ N° de Orden 25 (PLANO-2016-27454544-

DGROC), con destino "Vivienda Multifamiliar con cocheras y local comercial".

Que obra s/N° de Orden 8 Pág. 1 a 2/3 (RE-2016-27322508-DGROC) la Memoria e

Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que

interviene en el trámite de regularización.

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en

el Título V del Código Civil; según consta N° de Orden 12 Pág. 1/2 (RE-2016-

27322552-DGROC),

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene el Artículo 2.1.1.1. "Trabajos

que requieren permiso de obra" del Código de la Edificación y el Articulo. 4.2.6 "Perfil

Edificable" del Código de Planeamiento Urbano.

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en

contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.

N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General

N° 24.887.

Que según informe de la D.G.R.O.C. de N° de Orden 33 Pág. 1/3 (IF-2017-04924210-

DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el

resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de

habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales,y según la

declaración jurada del profesional interviniente s/N° de Orden 8 Pág. 1 a 2/3 (PLANO-

2016-27322511-DGROC), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y

salubridad pública de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable

por cualquier divergencia con la realidad o falseamiento, según lo prescripto en el inc.

f) del Artículo. 2.4.3.3. "Aplicación...

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