Resolución Nº 1033/GCABA/SSGRH/16

FirmantesDomeniconi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Gestión de Recursos Humanos
Fecha de la disposición15 de Junio de 2016

VISTO:

La Ley 471, de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, el Decreto N° 184/10, la Resolución N° 215/MMGC/2014,

y el Expediente Electrónico N° 16924815/MGEYA/HGNPE/2014, y

CONSIDERANDO:

Que en los presentes actuados, se consigna que la Dra. Adriana Marcela Calabrese,

CUIL. 23-17152870-4, Médica de Planta Titular (Clínica Pediátrica), con 30 horas

semanales, del Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud,

inasiste desde el 22 de mayo de 2015;

Que mediante NO-2016-13664127-DGEMPP, la Dirección Judicial de Empleo Público,

de la Procuración General de la Ciudad informó que, conforme los registros obrantes

en esa Dirección, hasta la fecha no ha sido notificada medida cautelar que impida

proseguir con el trámite de cesantía iniciado por conducto del

16924815/MGEYA/HGNPE/2014, respecto de la agente en cuestión;

Que la demora en la resolución de las presentes actuaciones obedece a dilaciones

incurridas por la repartición solicitante;

Que ahora bien, en cuanto al fondo de la cuestión, la citada Ley 471, regula las

relaciones laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, constituyendo la norma estatutaria que rige el empleo público en este ámbito (en

este sentido se debe señalar que: "El estatuto es el conjunto de normas jurídicas que

regulan la organización de los agentes de la administración pública, incluyéndose

modalidades de ingreso, ascensos, remociones, deberes y derechos", conf.

BULLRICH, Rodolfo, "Principios generales de derecho administrativo", Ed. Guillermo

Kraft Ltda., Buenos Aires, 1942, pág. 386 y SAYAGUÉS LASO, Enrique, "Tratado de

Derecho Administrativo", T. I, pág. 271 y sgtes., Montevideo, 1953, citados por

IVANEGA, Miriam Mabel, "Las relaciones de empleo público", Ed. La Ley, Buenos

Aires, 2009, pág. 93, en sentido coincidente: MARIENHOFF, Miguel S., "Tratado de

derecho administrativo", T. III-B, Ed. Abeledo Perrot, Buenos Aires, 1983, pág. 52 y

sgtes.);

Que los agentes que integran esta Administración tienen la obligación de "...prestar

personal y eficientemente el servicio en las condiciones de tiempo, forma, lugar y

modalidad determinados por la autoridad competente, sea en forma individual o

integrando los equipos que se constituyan conforme a las necesidades del servicio

encuadrando su...

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