Resolución N° 1031

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 1 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 219
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
F) ANTIGÜEDAD EN EL CARGO DE INSPECTOR
Se evaluará la antigüedad en el cargo de Inspector en las Jurisdicciones
nacional, provincial, municipal, y cuya situación de revista sea la de interino
o suplente, en cualquiera de los Niveles del Sistema Educativo.
Se adjudicara puntaje por años de servicios, continuos o discontinuos o
fracción mayor de seis (6) meses debidamente acreditados.
1.- Inspector interino o suplente del nivel 1 punto con un máximo de cinco
(5) puntos.
2.- Inspector de otra Jurisdicción (Municipal, Priv., otras Prov.) 0,50 puntos
con un máximo de cinco (5) puntos.
G) ANTIGÜEDAD EN EL CARGO DIRECTIVO
1.- Jurisdicción Provincia de Córdoba de la Modalidad y Nivel que se con-
cursa.
1.1. Director por año o fracción mayor de seis (6) meses 0,50 punto
con un máximo de cinco (5) puntos
1.2. Director - Rector de otros Niveles o Modalidades: por año o fracción
mayor de seis (6) meses 0.25 puntos
2.- Jurisdicción Nacional, otras Jurisdicciones (Provincial, Municipal):
2.1. Director - Rector de Nivel Medio, por año o fracción mayor de seis (6)
meses 0.25 puntos
2.2. Director - Rector de otros Niveles o Modalidades, por año o fracción
mayor de seis (6) meses 0,25 puntos
3.- Establecimientos de Nivel medio dependientes de Dirección General de
Institutos Privados de Enseñanza de la Provincia de Córdoba.
3.1. Director, por año o fracción mayor de seis (6) meses 0,15 puntos
Se denen como cargos directivos a Nivel Universitario los de Rector, Vi-
cerrector, Decano, Vicedecano y Director de Escuela. A Nivel Terciario o
Superior No Universitario los de Director, Vicedirector y Regente. A Nivel
Primario los de Director y Vicedirector. Se tomará como máximo diez (10)
años de antigüedad.
H) CONCEPTO DE INSPECTOR
Se evaluarán los conceptos de los cargos de Supervisor considerados en
el Apartado F), debidamente acreditados, rmes y consentidos de los dos
(2) últimos años del desempeño del agente en dicho cargo.
Concepto sobresaliente 2,00 puntos
Concepto distinguido 1,00 punto
I) CONCEPTO DIRECTIVO
Se evaluarán los conceptos de los cargos directivos considerados en el
Apartado G), debidamente acreditados, rmes y consentidos de los dos (2)
últimos años del desempeño del agente en dicho cargo.
Concepto sobresaliente 1,00 punto
Concepto distinguido 0,50 puntos
Art. 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a quienes corresponda;
publíquese en el Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba y archívese.-
FDO: ING DOMINGO HORACIO ARÍNGOLI, DIRECTOR GENERAL DE EDUCA-
CIÓN TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN
SECUNDARIA
Resolución N° 1031
Córdoba, 01 de noviembre de 2016.
VISTO:
La necesidad de proceder a la cobertura de cargos de Inspectores
con carácter titular dependientes de esta Dirección General de Educación
Secundaria, y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 10.237 y su Decreto
Reglamentario N° 930/15,
CONSIDERANDO:
Que existen en el ámbito de ésta Dirección General cuatro (4) cargos de
Inspector de Enseñanza Media, declarados desiertos por Resolución N°
1007/2016 de la D.G.E.Sec., a los nes de su cobertura con carácter titular;
Que conforme lo dispone la Ley N° 10.237, en su Art. 10°, una vez decla-
rada la vacancia, esta Dirección procede a efectuar el llamado a Concurso
de Títulos, Antecedentes y Oposición para la cobertura en carácter de TI-
TULAR de los cargos de Inspector en un todo de acuerdo con los Arts. 25°,
27°, 61° cc. y ss. del Decreto Ley 214-E-63 y sus modicatoria;
Que en cumplimiento del Art. 8 del Decreto N° 930/15, la convocatoria a
concurso será publicada por el término de cinco (5) días, en la Página Web
del Gobierno de la Provincia, en el Boletín Ocial, en la sede de Direc-
ción General de Educación Secundaria, en la Junta de Clasicación, en
la Comisión Permanente de Concursos y en las respectivas Inspecciones
Regionales para conocimiento del personal de todos los establecimientos
de esta Dirección General;
Que en virtud de la normativa vigente, se habilita la postulación para los
cargos de Inspector de Enseñanza Media, a los que se ha declarado la
vacancia para el presente concurso.
Que en el Art. 9° del Decreto N° 930/15 se prevé un término de cinco (5)
días para la inscripción de los aspirantes en el Concurso, a partir de la
última publicación de la convocatoria;
Que dicha inscripción se deberá efectuar ante la Comisión Permanente de
Concursos, tal como lo prevé el Art. 9 del Decreto N° 930/15;
Que la designación de los Miembros del Jurado, titulares y suplentes, será
por Resolución Ministerial con antelación al inicio del periodo de inscrip-
ción tal como lo establece el Art. 29° del Decreto N° 930/15;
Que las pruebas de oposición previstas en el Art. 25 del Decreto Ley 214-
E-63, se implementarán de acuerdo con la reglamentación de Concursos
establecida en el Decreto N° 930/15;
Por todo ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
RESUELVE
Art. 1º- DECLARAR “ad referéndum” del Ministerio de Educación, la
vacancia de cuatro (04) cargos de Inspector de Enseñanza ,Media depen-
dientes de esta Dirección General de Educación Secundaria, que en el

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