Resolución N° 1030 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Octubre de 2021
EmisorMINISTERIO DE PROMOCIÓN DE EMPLEO
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXII - Nº 222
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
con las facultades previstas en los Decretos N° 840/16 y su modicación –
Decreto N° 1314/18- y N° 1415/17 para dictar normas complementarias y de
excepción, modicar la cantidad de beneciarios por modalidad y determinar
el monto de la asignación económica a otorgar a los mismos, establecer cu-
pos y modalidades especiales y disponer las convocatorias de las sucesivas
ediciones de las distintas modalidades el Programa de que se trata.
Que el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Provincia, mediante Decreto N°
1415/2017, ha dispuesto la creación de “Programa de Inclusión Laboral para
Adultos Varones” con el objetivo de facilitar la inclusión laboral de adultos va-
rones, desempleados, mayores de veinticinco (25) años y hasta la edad de
jubilación o percepción de la Pensión Universal para Adultos Mayores.
Que el precitado Programa, siguiendo la lógica del “Programa Provin-
cial del Empleo” creado por Decreto N° 840/16, tiende a mejorar las condi-
ciones de empleabilidad de las personas mediante la realización de proce-
sos de capacitación y entrenamiento en ambientes de trabajo de empresas
o empleadores privados que permitan el desarrollo y/o actualización de
conocimientos, habilidades y competencias.
Que dicha metodología de inclusión laboral, adquiere especial relevancia
frente a la problemática de la población de varones mayores de 25 años que,
o bien carecen de experiencia laboral relevante ó, en muchos casos, necesitan
una recualicación de competencias laborales que se han tornado obsolescen-
tes ante el avance los progresos tecnológicos en el ámbito productivo.
Que, por su parte, las prácticas y actividades de entrenamiento en am-
bientes laborales, se enmarcan en las acciones de promoción del empleo
que prevé la Ley 24.013, en el ámbito nacional, y en la Ley 10.251 –Sis-
tema Provincial de Formación Profesional y Capacitación Laboral- y, por
criterio análogo, en la Ley 10.236 –Programa Primer Paso- y, nalmente,
en el Decreto N° 840/16 que crea el Programa de Promoción del Empleo.
Por ello, en el marco de las facultades previstas en la normativa legal
citada;
LA MINISTRA DE PROMOCION DEL EMPLEO
Y DE LA ECONOMIA FAMILIAR
RESUELVE:
Artículo 1º.- DISPÓNESE la implementación del “PROGRAMA DE
INCLUSIÓN LABORAL PARA ADULTOS VARONES –PILA” – Edición
2021-2022-, para un cupo de seis mil (6.000) hombres beneficiarios,
durante el período del 01 de diciembre de 2021 al 30 de noviembre de
2022, de conformidad a las condiciones y requisitos que se establecen
en el Anexo I de la presente resolución, que constando de tres (3) fojas
útiles (doble faz), forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- FACÚLTESE a la Dirección General de Promoción del
Empleo de esta jurisdicción para realizar las acciones operativas y
administrativas que sean menester para la ejecución de los proce-
dimientos indicados en el Anexo indicado en el artículo anterior y, en
particular, para evaluar y, aprobar o rechazar, las propuestas de prác-
ticas de entrenamiento en ambientes de trabajo presentadas por los
beneficiarios y/o empresas y empleadores adherentes cuando, por la
naturaleza de la actividad, las condiciones personales de salud y/o
el actual contexto de emergencia sanitaria, puedan implicar riesgo o
peligro para la integridad física del beneficiario del Programa.
Artículo 3º.- AUTORÍZASE a la Dirección General de Promoción del
Empleo a realizar las consultas que fueren menester en el Sistema de
Identicación Nacional Tributario y Social (SINTyS) y otros organismos Na-
cionales, Provinciales y Municipales, a los nes de vericar:
a) El cumplimiento de las condiciones de admisibilidad de las postulantes
referidas a su edad, domicilio y antecedentes laborales.
b) El cumplimiento de las condiciones de admisibilidad de las Empresas
o Empleadores Privados respecto a su condición scal, cantidad de em-
pleados registrados, domicilio, antecedentes obrantes en los organismos
laborales, previsionales y judiciales de contralor.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO.: LAURA JURE, MINISTRA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y DE LA ECONO-
MÍA FAMILIAR
ANEXO
Resolución N° 1030
Córdoba, 14 de Septiembre de 2021
VISTO: Visto el Decreto N° 1496/16 de creación del Programa “Por Mí”, que
procura la inserción laboral de mujeres, en el marco de su inclusión social,
y la Resolución N° 1074 de la entonces Secretaría de Equidad y Promoción
del Empleo.
Y CONSIDERANDO:
Que en la estructura orgánica del Poder Ejecutivo creada por el De-
creto N° 1615/19, raticado por Ley 10726, este Ministerio de Promoción
del Empleo y de la Economía Familiar reviste el carácter de continuador
institucional de la Ex – Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo
en cuanto a las materias de que se trata, ostentando en virtud de ello, el
carácter de Autoridad de Aplicación del “Programa Provincial de Promo-
ción del Empleo”, con las facultades previstas en el Decreto N° 840/16 para
dictar normas complementarias y de excepción, modicar la cantidad de
beneciarios por modalidad y determinar el monto de la asignación econó-
mica a otorgar a los mismos, establecer cupos y modalidades especiales.
Que el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Provincia, mediante Decreto
N° 1496/2016, ha dispuesto la creación del “Programa Por Mí” con el objetivo
de facilitar la inclusión laboral de las mujeres, desempleadas, que tengan
veinticinco (25) años cumplidos al momento de iniciar la práctica laboral has-
ta la edad de jubilación o percepción de la Pensión Universal para Adultos
Mayores y las mujeres madres menores de 25 años con hijos a cargo.
Que el precitado Programa, como complemento y parte integrante del
“Programa Provincial del Empleo” creado por Decreto N° 840/16, tiende
a mejorar las condiciones de empleabilidad de las personas mediante la
realización de procesos de capacitación y entrenamiento en ambientes de
trabajo de empresas o empleadores privados que permitan el desarrollo
y/o actualización de conocimientos, habilidades y competencias.

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