Resolución Nº 103/GCABA/MSGC/17

FirmantesBou Pérez
EmisorMinisterio de Salud

VISTO:

La Ley Nro. 3.304, el Decreto Nro. 579/16, el Expediente Electrónico N°

26275061/MGEYA-DGLTSSASS/16, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 579/16 se ordenó implementar un sistema informático como medio

de sistematización y control de la distribución de las raciones de comidas hospitalarias

de los efectores de salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el

marco del proceso de modernización instituido por Ley N° 3.304;

Que, asimismo, se instruyó a este Ministerio a dictar los actos administrativos

necesarios para la unificación y actualización de la normativa aplicable a la distribución

de raciones de comida en efectores del Sistema de Salud del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, garantizando, su distribución a las personas internadas, al

acompañante de los pacientes niños, niñas o adolescentes internados, a las personas

que brindan servicios asistenciales y a las que están afectadas a servicios académicos

de acuerdo con su función y jornada laboral en los efectores de salud;

Que, el decreto citado en el Visto derogó los decretos Nros, 5.526/55, 1.235/69 y

6104/76 y toda otra norma que se oponga a lo dispuesto en el mismo, a partir del

dictado de dicho decreto;

Que, por consiguiente, resulta menester establecer un listado unificado y actualizado

en el que se contemplen todas las personas habilitadas a comer en los hospitales de

la Ciudad, a los fines de favorecer la igualdad y transparencia en el otorgamiento de

las raciones;

Que, a los fines de agilizar y facilitar el control de la distribución de las raciones a los

autorizados a comer en los efectores de salud, resulta menester poner en

funcionamiento un sistema informático, para la distribución de las comidas mediante

ese medio;

Que, por lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal que apruebe la

implementación del sistema antes mencionado para la administración de la distribución

a los autorizados de las raciones de comidas de los efectores de salud existentes en el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 579/16,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1° Apruébase el listado de personas autorizadas a recibir raciones de

comidas diarias en los efectores de salud dependientes de este Ministerio...

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