Resolución N° 1021 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 154
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 9 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
vicio educativo a un sector de la población infantil perteneciente a familias
ancadas en el lugar y alrededores.
Que obra en autos la Resolución Nº 030/2012 de la Inspección Gene-
ral dependiente de la citada Dirección General, otorgando un (1) cargo de
Director Escuela Primaria de Tercera, para el establecimiento cuya reaper-
tura se propicia.
Que teniendo en cuenta los informes favorables de las ocinas técni-
cas intervinientes, resulta procedente en esta instancia raticar los instru-
mentos legales en análisis.
Que se han merituado todos los aspectos políticos y técnicos que ha-
cen a la factibilidad, oportunidad y conveniencia para disponer las siguien-
tes medidas, al amparo de lo establecido en el Decreto N° 41009/A/38, en
el Decreto-Ley N° 1910/E/57, su reglamentario Decreto N° 3999/E/67 y en
la Ley Nº 9870.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica de este Ministerio bajo el N° 0346/15, por Fiscalía de Es-
tado con el N° 000092/16, lo aconsejado a fs. 222 por la Dirección General
de Asuntos Legales y en uso de atribuciones conferidas por Decreto N°
556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º. RATIFICAR las Resoluciones Nros. 0684/11 de la ex Dirección
General de Educación Inicial y Primaria y 0802/14 de la entonces
Dirección General de Nivel Inicial y Primario mediante las cuales
se dispuso, convalidar la suspensión provisoria del servicio educativo en
la Escuela de Nivel Primario Ex Nacional N° 152 de Ongamira -De-
partamento Ischilín-, convalidar la reubicación denitiva del docente Raúl
AntonioVELARDEZ (M.I.N° 14.279.285)y propiciar lareapertura de la
mencionada escuela, a partir del 21 de marzo de 2012, en los términos y
condiciones que se consignan en las mismas, cuyas copias forman parte
integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de dos (2)
fojas.
Art. 2°. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO:PROF.WALTERM.GRAHOVAC,MINISTRODEEDUCACIÓN
anexo https://goo.gl/Lyz4W1
Resolución N° 1021
Córdoba, 01 de agosto de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0110-125174/13 del Registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones este Ministerio impulsa la creación
de un Instituto Provincial de Educación Media en El Mirador -Departamento
San Alberto-, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación
Secundaria, y sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que
funcionaban como Anexo al Instituto Provincial de Educación Media N° 285
“JOSÉ GABRIEL BROCHERO” de Mina Clavero, dependiente de la citada
Dirección General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del servicio
educativoenelsectorencuestiónysuzonadeinuencia,delosquesurge
la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en el mismo, dentro del
marco de las políticas educativas imperantes, que apuntan a garantizar la
igualdad de oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con
equidad y respeto a la diversidad.
Que por Resolución N° 0025/15 y su Anexo I, emanada de la citada
Dirección General, se ha dispuesto -ad referendum de la superioridad- la
desanexación del servicio en cuestión y la asignación de los cargos de Di-
rector de Tercera (Enseñanza Media) y Secretario de Tercera (Enseñanza
Media) del Presupuesto General de la Provincia en vigencia, necesarios
para su funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo servicio
educativofuncionaen laEscuelade NivelPrimario“CORNELIOSAAVE-
DRA” de El Mirador, dependiente de la Dirección General de Educación
Primaria.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a
la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se procura,
debe concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal me-
dida en esta instancia, al amparo de los artículos 5° y 6º de la Ley Nº 9870.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo establecido por el
artículo 11° inc. i) del Decreto - Ley N° 846/E/63, el Dictamen N° 0881/15
del Área Jurídica de este Ministerio y en uso de atribuciones conferidas por
Decreto N° 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- CREAR el Instituto Provincial de Educación Media N° 384 en
El Mirador, Departamento San Alberto, bajo la dependencia de la Dirección
General de Educación Secundaria, y sobre la base de divisiones de ese
nivel de enseñanza que funcionaban como Anexo al Instituto Provincial de
Educación Media N° 285 “JOSÉ GABRIEL BROCHERO” de Mina Clavero,
dependiente de la referida Dirección General.
Art. 2°.- El servicio educativo creado por el artículo 1º de este
instrumento legal será de Tercera Categoría y funciona en instalaciones
dela EscueladeNivel Primario“CORNELIOSAAVEDRA”de ElMirador,
dependiente de la Dirección General de Educación Primaria.
Art. 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO:PROF.WALTERM.GRAHOVAC,MINISTRODEEDUCACIÓN
Resolución N° 949
Córdoba, 26 de julio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0109-042532/1996, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en los referidos autos la Resolución N° 1129/16 de la Di-

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