Resolución N° 102/MEDGC/19

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición15 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 102/MEDGC/19
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2019
VISTO: el Decreto Nº 1.550/08 y su modificatorio Decreto N° 117/17 (texto
consolidado por Ley N° 6.017), el Expediente Electrónico Nº 27.631.225-GCABA-
DGCLEI/19, y
CONSIDERANDO:
Que según surge de los citados actuados, el Sr. Juan José Mariano Sturla CUIL N° 20-
27859633-9, quien revista en la Dirección General de Coordinación Legal e
Institucional dependiente de este Ministerio, solicita autorización para ausentarse, sin
goce de haberes, a partir del 1° de octubre de 2019 y por el término de 1 (un) año, por
razones personales;
Que el artículo 1° del Decreto N° 1.550/08 y su modificatorio delegó el Vicejefe de
Gobierno y en los señores Ministros del Poder Ejecutivo, la facultad de autorizar de
forma excepcional la ausencia sin goce de haberes a los agentes alcanzados por la
Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017);
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional, dependiente de este
Ministerio, accede a lo requerido, toda vez que su otorgamiento no afectará el normal
desarrollo de las tareas;
Que han tomado intervención la Dirección General de Administración y Liquidación de
Haberes y la entonces Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales
dependientes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Hacienda y Finanzas;
Que por lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 1.550/08,
corresponde su autorización;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención de su competencia.
Por ello, conforme lo prescrito por el Decreto N° 1.550/08 y su modificatorio,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizase a partir del 1° de octubre de 2019 y por el término de 1 (un)
año, la ausencia sin goce de haberes al agente Juan José Mariano Sturla, C.U.I.L. N°
20-27859633-9, quien se desempeña en la Planta Transitoria, de la Dirección General
de Coordinación Legal e Institucional, de este Ministerio de Educación, de conformidad
con lo establecido por el Decreto Nº 1.550/08 y su modificatorio, reteniendo sin
percepción de haberes partida 5501.0062.H.00, de la citada Dirección General.
Artículo 2°.- Se deja constancia que el agente referido en el artículo precedente,
deberá reincorporarse a sus funciones, al vencimiento de la ausencia concedida, en
forma automática, bajo apercibimiento de disponer la rescisión de la contratación, que
lo vincula con esta Administración.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Coordinación Legal
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5780 - 15/01/2020

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