Resolución N° 102-AGIP/18
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 2 de Mayo de 2018 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 102/AGIP/18
Buenos Aires, 23 de abril de 2018
VISTO:
LAS LEYES Nº 471, Nº 2.603 y Nº 1.218 (T.C. LEY Nº 5.666), EL DECRETO Nº
745/08, LAS RESOLUCIONES Nº 500/AGIP/2008 Y MODIFICATORIAS, Nº
35/PG/2014 Y Nº254/AGIP/2014 Y EL E.E. Nº 2017-18.379.245/MGEYA-DGR Y,
CONSIDERANDO:
Que la presente trata del hurto de componentes internos de dos computadoras marca
Bangho Optima S/N 0801128901001010 y Lenovo Edge 72 S/N PBX3MGE acaecido
entre las 18:30 horas del día 25 de Julio del año 2017 y las 9 horas del 26 de Julio del
mismo año pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el hecho ocurrió en la sede de la Subdirección General de Fiscalización ubicada
en el tercer piso del edificio de la calle Esmeralda 638 de esta Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Subdirección General de Sistemas informó mediante Reporte de Incidente Nº
51.673 que los componentes internos faltantes en ambas computadoras resultaron
ser: motherboard, microprocesador, memoria y disco rígido;
Que el día 26 de Julio del 2017 la agente Karina Carmen Lefevre F.C. Nº 353.765
radicó la denuncia ante la Comisaría Nº 3 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
la cual fue caratulada "Hurto Calificado" actuación Nº 2592/2017, con intervención de
la Fiscalía Criminal y Correccional Nº 15 a cargo del Fiscal Dra. Mariana García
Secretaria Única del Dr. Ariel La Plana;
Que conforme lo determinado por la Resolución Nº 35/PG/2014 y Nº 254/AGIP/2014
se generó el correspondiente expediente con trata reservada Nº 2017-18.379.245
MGEYA-DGR;
Que el suscripto comparte lo aconsejado por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Dictamen PV-
2011-00977252-DGSUM, en razón que el Administrador Gubernamental de Ingresos
Públicos posee facultades necesarias para requerirle en forma directa a la Procuración
General la instrucción de un sumario administrativo;
Que ante la necesidad de esclarecer la real ocurrencia de los hechos, se le ha dado
debida intervención a la Dirección General Legal y Técnica de esta Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos a los efectos que determine si corresponde
atribuir responsabilidades de índole disciplinaria de acuerdo a las previsiones
establecidas por la Ley 471 (T. C. Ley 5.666) y normativa concordante;
Que, en virtud de lo expuesto, a fin de investigar los hechos denunciados y deslindar
las responsabilidades administrativas corresponde requerir a la Dirección General de
Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires la instrucción de pertinente Sumario Administrativo.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5364 - 02/05/2018
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