Resolución N° 1017/SSGRH/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición 2 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 1017/SSGRH/18
Buenos Aires, 7 de junio de 2018
VISTO:
La Ley N° 471, (texto consolidado por Ley N° 5666) y el Expediente Electrónico N°
8089833/MGEYA-DGPDYND/2018, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471, la relación de
empleo público se extingue por renuncia del trabajador;
Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de
renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse
dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo
de personal y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";
Que según surge del expediente citado en el Visto, el agente Carlos Alberto Fameli,
CUIL. 20-11362541-5, presentó su renuncia a partir del día 1 de marzo de 2018,
Gerencia Operativa Recursos Humanos Docentes, de la Dirección General de
Personal Docente y No Docente, dependiente de la Subsecretaría de Carrera Docente
y Formación Técnica Profesional, del Ministerio de Educación e Innovación;
Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el
plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que,
por ello, la misma se ha tomado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de los
prescripto en el artículo 65 de la ley N° 471;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE
Artículo 1°.- Téngase por aceptada a partir del día 1 de marzo de 2018, la renuncia
presentada por el agente Carlos Alberto Fameli, CUIL. 20-11362541-5, Gerencia
Operativa Recursos Humanos Docentes, de la Dirección General de Personal Docente
y No Docente, dependiente de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación
Técnica Profesional, del Ministerio de Educación e Innovación, deja partida
5501.0051.T.B.03.347, en el marco de lo establecido en el artículo 65 de la Ley N° 471
(texto consolidado por Ley N° 5666).
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y
Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de esta Subsecretaría, y a
la Dirección General de Personal Docente y No Docente, dependiente de la
Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica Profesional, del Ministerio de
Educación e Innovación, la que deberá practicar fehaciente notificación al interesado,
de los términos de la presente Resolución. Cumplido, archívese. Domeniconi
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5405 - 02/07/2018

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