RESOLUCION Nº 1012

Fecha22 Marzo 2019
Número de registro28042
EmisorDIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

15 MAR 2019

VISTO:

El Expte. Nº 15201-0097327-3 y su agregado N° 15201-0135761-8 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 097433 (fs. 24) manifiesta que al presente se agregan los antecedentes tomados del Expediente N°15201-0175005-5 por el que esta Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo dispuso un relevamiento de toda la Agrupada 13 del Plan 0218, Barrio Acería, Santa Fe;

Que la unidad objeto de este trámite está identificada en el boleto de compra-venta de fs. 07 como “Mb. 13 - Dpto. 209 - (3D) - N° de cuenta 0218-0209-8 - Plan N° 0218 - 372 Viviendas” y fue adjudicada a los señores Cortes, José Alberto - Ackerman, Lidia Esther, surgiendo de la planilla adjunta que la misma está habitada por terceros. Asimismo del estado de cuenta se observa que surge abultada deuda (fs. 22/23);

Que así las cosas y teniendo en cuenta que el expediente había sido iniciado en el año 2003 por otro grupo que se encontraba habitando la unidad y luego se agregó otro pedido en el año 2009, dicha Asesoría Jurídica considera que se ha configurado el abandono, por lo que aconseja el dictado de una resolución que desadjudique al grupo mencionado por aplicación de los Artículos 29 y 37 incs. d) y e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, rescindiendo el boleto respectivo y disponiendo el lanzamiento por el procedimiento del Artículo 27 de la Ley N° 21.581 a la que adhiere la Provincia por la Ley N° 11.102 notificando al domicilio contractual y por edictos;

Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.

de la Ley 6690;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

VIVIENDA Y URBANISMO

R e s u e l v e :

ARTICULO 1º: Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: MB. 13 - DPTO. 209 - (3D) - N° DE CUENTA 0218-0209-8 - PLAN N° 0218 - 372 VIVIENDAS - BARRIO ACERÍA - SANTA FE - (DPTO. LA CAPITAL), a los señores CORTES, JOSÉ ALBERTO (D.N.I. N° 16.227.783) y ACKERMAN, LIDIA ESTHER (D.N.I. N° 12.863.761), por aplicación de los Artículos 29 y 37 incs. d) y e) del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, dándose por rescindido el boleto de compra-venta oportunamente suscripto y por modificada en tal sentido la Resolución Nº 1036/96.-

ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581 homologada por Ley Provincial Nº...

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