Resolución N° 1011 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor24 de Mayo de 2019
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2019
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 98
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 24 DE MAYO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
denitiva publicada en el Boletín Ocial) en la primera instancia precencial
concursal (entrevista individual).
Artículo 6°: Los Aspirantes se noticarán fehacientemente, al momen-
to de la inscripción, a través de la página de gobierno, de la presente Reso-
lución de Convocatoria, del Reglamento de Títulos y Puntajes, Resolución
S.E. N° 1475/16 a quienes aprobaron un Concurso en el mismo Nivel y
modalidad en los dos últimos años y no accedieron al cargo, Resolución
S.E. N° 10/17, Resolución Ministerial de designación del Jurado, normativa
que declarará conocer y aceptar.
Toda la documentación se encuentra disponible en http://www.cba.gov.ar/
concursos-de-cargos-directivos-y-de-inspección/
Artículo 7°: El Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición se rea-
lizará en dos etapas (Artículo 24 del Decreto 930/15):
Etapa de Vericación de Títulos y Valoración de Antecedentes por la Junta
de Calicación y Clasicación.
Etapa de Evaluación de Oposición: Prueba Teórica y Prueba Práctica con
Presentación de Proyecto Institucional y Entrevista ante el Jurado. Cada
prueba será eliminatoria y su NO aprobación producirá la automática ex-
clusión del Concurso.
Artículo 8°: INCORPORAR el Programa de Concurso y la Bibliografía
que como: Anexo II integrado por 7 folios, como Anexo III documentación
necesaria al momento de la Inscripción integrado por 1 folio y como Anexo
IV Cronograma General integrado por un único folio y que forman parte de
la presente resolución.
Artículo 9°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Comisión Perma-
nente de Concursos, notifíquese por las vías que contempla la Reglamen-
tación vigente a Junta de Calicación y Clasicación, las Inspecciones de
Zona, a los Centros Educativos, a los interesados, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO. LIC. STELLA MARIS ADROVER, DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN
PRIMARIA, MINISTERIO DE EDUCACIÓN
ANEXO:
Resolución N° 1011
Córdoba, 17 de mayo de 2019
VISTO: La Ley N° 10237, su Decreto reglamentario N° 930/15, el Decre-
to Ley 1910/E/57 y su Decreto reglamentario N° 3999/67, la Resolución
D.G.E.P. N° 00943/18 y su Anexo, mediante la cual se declararon desiertos
CINCO (5) cargos de Inspectores Técnicos Seccionales de Educación Pri-
maria y la Resolución D.G.E.P. N° 1010/19 que se convoca a Concurso de
Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir los cargos vacantes citados,
y
CONSIDERANDO:
Que para determinar las condiciones en las que se realizarán los Con-
cursos de Inspectores deberá tenerse presente lo dispuesto en el artículo
67 inc. e) del Decreto Ley 1910/E/57* (modicado por art. 18 de la Ley Nº
10237);
Que según el Artículo 24 del Decreto N° 930/15 se podrán dejar esta-
blecidos los criterios de valoración de los antecedentes aplicables para el
Concurso de Título, Antecedentes y Oposición;
Que en el Artículo 22 del Decreto N° 930/15 se establece que los Con-
cursos serán de Títulos, Antecedentes y Oposición, por lo que deberá jar-
se un tope de puntaje para la clasicación de Títulos y Antecedentes que
represente el VEINTE (20) por ciento del total posible, siendo el OCHENTA
(80) por ciento para la Prueba de Oposición;
Que sea procedente habilitar a aquellos aspirantes que habiéndose
sometido a Concurso y hubieren aprobado todas las instancias del mismo,
pero no hubieren resultado adjudicatarios de la vacante declarada a tales
efectos, en la hipótesis en que se presentaren nuevamente a Concurso en
el mismo cargo, nivel y modalidad, y en el término de dos años, puedan
solicitar se les reconozca como aprobada la Prueba Teórica con el puntaje
que hubieren obtenido en el Concurso precedente;
Que siendo requisitos indispensables para acceder al Concurso el títu-
lo y la antigüedad docente, éstos no se valorarán como antecedentes;
Por todo ello, los informes producidos por la Comisión Permanente de
Concursos y las atribuciones conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA
RESUELVE:
Artículo 1°: ESTABLECER como requisito indispensable para la Ins-
cripción en el Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición para cubrir
los cargos vacantes de Inspectores Técnicos Seccionales de Nivel Primario
de la Dirección General de Educación Primaria dependiente del Ministerio
de Educación, lo siguiente:
a) Acreditar QUINCE (15) años de antigüedad docente y revistar en
cargo directivo DOS (2) años en el nivel y haber accedido al mismo por
concurso de títulos, antecedentes y oposición, tener título docente - Ar-
tículo 11 del Decreto Ley 1910/E/57.
b) Los aspirantes para poder inscribirse en el Concurso de Títulos, An-
tecedentes y Oposición para cubrir los cargos vacantes de Inspecto-
res Técnicos Seccionales de Nivel Primario de la Dirección General de
Educación Primaria dependiente del Ministerio de Educación, deberán
cumplimentar con los requisitos establecidos en el artículo 67 inc. e)
del Decreto Ley 1910/E/57* (modicado por el artículo 18 de la Ley N°
10237).
Todo de acuerdo a lo expresado en el Considerando de la presente.
Artículo 2°: DISPONER que el proceso concursal se desarrolle en dos
etapas y será de Antecedentes y Oposición, con un puntaje máximo, por
ambos conceptos, de CIEN (100) puntos.
Las diferentes etapas serán eliminatorias:
1er ETAPA: Vericación de Títulos y valoración de antecedentes por
la Junta de Calicación y Clasicación: sujetos a normativa y criterios
establecidos en la Convocatoria;
El tope máximo de puntaje para la etapa de clasicación de antece-
dentes será de VEINTE (20) puntos, lo que representa el veinte por
ciento (20%) del total posible para el Concurso. El concursante deberá
hacerse acreedor a un mínimo de SEIS (6) puntos para acceder a la
siguiente etapa.
2da ETAPA: Evaluación de Oposición: Prueba Teórica y Prueba Prác-
tica con Presentación de Proyecto de Supervisión y Entrevista ante el
Jurado.

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