Resolución N° 101-AGIP/18

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición27 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 101/AGIP/18
Buenos Aires, 23 de abril de 2018
VISTO:
LAS LEYES Nº 471, Nº 2.603 y Nº 1.218 (T.C. LEY Nº 5.666), EL DECRETO Nº
745/08, LA RESOLUCION Nº 500/AGIP/2008 Y MODIFICATORIAS, Nº 35/PG/2014 Y
Nº 254/AGIP/2014 Y EL E.E. Nº 2018-6.474.290-MGEYA-AGIP Y Nº 2017-29.500.400-
MGEYA-DGESyC Y,
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº 2017-29.500.400-MGEYA-DGESyC el Sr. Arturo Martinera
Auber, DNI 26.359.280, agente de la Dirección General de Estadística y Censos puso
en conocimiento de sus superiores el hecho ocurrido el día viernes 18 de diciembre del
2017 alrededor de las 13 hs;
Que dicho hecho sucedió mientras se encontraba en una cafetería de la cadena
Starbucks ubicada entre las calles Las Heras y Santa Fe de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires cuando un individuo al cual no pudo distinguir le arrebató una mochila
que tenía bajo la mesa, la cual contenía un Ipad 3 -Wifi - 32 Gb - / Part. Nro
MD367LE/A - SERIE DYTHQ03WDVGH propiedad de esta Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que el agente dio aviso a los encargados del local y posteriormente se presentó ante
la Comisaría Nº 17 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde radicó la denuncia
del hecho, la cual originó las actuaciones caratuladas “Delito Art. 162 s/ Hurto“ que
lleva el Nº 245607/2017;
Que conforme lo determinado por la Resolución Nº 35/PG/2014 y Nº 254/AGIP/2014
se generó el correspondiente expediente con trata reservada E.E.R. Nº 2018-
6.474.290-MGEYA-AGIP;
Que el suscripto comparte lo aconsejado por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Dictamen PV-
2011-00977252-DGSUM, en razón que el Administrador Gubernamental de Ingresos
Públicos posee facultades necesarias para requerirle en forma directa a la Procuración
General la instrucción de un sumario administrativo;
Que ante la necesidad de esclarecer la real ocurrencia de los hechos, se le ha dado
debida intervención a la Dirección General Legal y Técnica de esta Administración
Gubernamental a los efectos que determine si corresponde atribuir responsabilidades
de índole disciplinaria de acuerdo a las previsiones establecidas por la Ley Nº 471
(Texto Consolidado por Ley 5.666) y normativa concordante;
Que, en virtud de lo expuesto, a fin de investigar los hechos denunciados y deslindar
las responsabilidades administrativas corresponde requerir a la Dirección General de
Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires la instrucción de
pertinente Sumario Administrativo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5363 - 27/04/2018

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