Resolución N° 1007/CDNNYA/18
Emisor | Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes |
Fecha de la disposición | 11 de Septiembre de 2018 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 1007/CDNNYA/18
Buenos Aires, 6 de septiembre de 2018
VISTO:
Las Leyes Nros. 114, 1.218, 2.095 (textos consolidados por Ley Nº 5.666), el Decreto
Reglamentario N° 326/GCABA/2017, la Resolución N° 700/CDNNyA/2015, el
Expediente Electrónico Nº 18.872.012/MGEyA-DGLTACDN/2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley N° 5.666) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por el Expediente Electrónico Nº 18.872.012/MGEyA-DGLTACDN/2015 tramitó la
Resolución N° 700/CDNNyA/2015, por la que se aprobó la contratación directa de la
locación administrativa del inmueble sito en la calle Helguera N° 2.881, Piso 1°, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, por el término de treinta y seis (36) meses, a partir 1° de
julio de 2015 y hasta al 30 de junio de 2018, con destino al funcionamiento de la
Defensoría Zonal Comuna 11-Devoto, dependiente de la Dirección General de
Programas Descentralizados de este Organismo, de acuerdo a las cláusulas del
contrato de locación administrativa celebrado entre este Consejo de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes y la Sra. Carmen Alonso Vila de Taurel, DNI N°
93.248.011, en su carácter de propietaria del referido inmueble;
Que la cláusula tercera del contrato de locación administrativa mencionado establece
que será facultad del locatario prorrogar la vigencia de dicho contrato hasta tres (3)
años más, a tenor de lo establecido en el Decreto Reglamentario N°
326/GCABA/2017, Anexo I, inciso 12), apartado g), que reglamenta el artículo 28 de la
Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666);
Que por Nota NO N° 12.820.649/DGLTACDN/2018, el titular de la Dirección Operativa
de Compras y Contrataciones, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y
Administrativa de este Consejo, solicitó a la Dirección General Administración de
Bienes y Concesiones, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, que
informara sobre la disponibilidad de un inmueble perteneciente al patrimonio de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se encuentre emplazado en el barrio de
Devoto, con destino al funcionamiento de la Defensoría Zonal Comuna 11-Devoto,
dependiente de este Consejo;
Que mediante Nota NO N° 13.149.891/DGABC/2018, el titular de la Dirección General
Administración de Bienes y Concesiones informó que no existen en la actualidad
inmuebles disponibles de titularidad perteneciente al gobierno de la Ciudad autónoma
de Buenos Aires la que posean las características edilicias y geográficas necesarias
para los fines solicitados;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5454 - 11/09/2018
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