Resolución N° 10 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Noviembre de 2017
EmisorSecretaría de Capital Humano
Fecha de la disposición 9 de Noviembre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXV - Nº 223
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 15 DE NOVIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
Resolución N° 10
Córdoba, 9 de Noviembre de 2017
VISTO: la Resolución N° 1860 de fecha 8 de Noviembre de 2017 de la Se-
cretaría General de la Gobernación, mediante la cual se crea el “Programa
de Becas para la Formación Superior de los Agentes Públicos Provinciales”.
Y CONSIDERANDO:
Que en la mencionada Resolución se faculta a la Secretaría de Ca-
pital Humano a tomar las medidas que resulten necesarias para la imple-
mentación del Programa creado, a cuyo n se deberán jar los requisitos
y condiciones de acceso al mismo, publicar las sucesivas convocatorias,
determinar la cantidad de becas por carreras y/o cursos, así como los por-
centajes de nanciamiento en cada caso de acuerdo a la demanda de las
jurisdicciones y de los agentes y en el marco de las previsiones presupues-
tarias.
Que atento a ello corresponde en esta instancia establecer los dispo-
sitivos necesarios para la implementación plena y ecaz el Programa en
cuestión.
Que la Dirección de Jurisdicción de Capacitación dependiente de la
Dirección General de Desarrollo del Capital Humano es el órgano compe-
tente para llevar a cabo los procedimientos y acciones necesarias.
Por ello, y en uso de sus atribuciones;
EL SECRETARIO DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE
Artículo 1° DISPÓNESE que la implementación del “Programa de Be-
cas para la Formación Superior de los Agentes Públicos Provinciales” se
efectuará a través de sucesivas convocatorias, en cada una de las cuales
se establecerá:
a) Nómina de carreras y cursos, con sus respectivas modalidades,
institución que los dicta, duración, porcentaje de nanciamiento por
parte del Gobierno de la Provincia y cantidad de becas disponibles.
La cantidad de becas será informada a nivel orientativo, pudiéndose
reasignar cupos de acuerdo a la demanda, siempre y cuando no se
modique el presupuesto total asignado al Programa.
b) Cronograma previsto para los procesos de inscripción, evalua-
ción de requisitos y emisión de los órdenes de mérito.
Las convocatorias se informarán a través de la página Web Ocial
del Gobierno de la Provincia de Córdoba: www.cba.gov.ar/empleados.
Artículo 2° ESTABLÉCENSE las bases y condiciones mediante las
cuales se realizarán los procesos de inscripción, selección y adjudicación
de becas en el marco del Programa en cuestión, según el detalle consigna-
do en el Anexo I, que de tres (03) fojas útiles, forma parte integrante de la
presente Resolución, y que serán aplicables a las sucesivas convocatorias
establecidas por esta Secretaría.
Artículo 3° INSTRÚYESE a la Dirección de Jurisdicción de Capaci-
tación a realizar las acciones operativas necesarias para la plena y ecaz
implementación del Programa.
Artículo 4° PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Ocial y ar-
chívese.
FDO: LIC. GUSTAVO PANIGHEL: SECRETARIO DE CAPITAL HUMANO.
anexo: https://goo.gl/UJRebA
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 398
Córdoba, 14 de Noviembre de 2017
VISTO: El expediente Nº 0165-137746/2017 en que la Secretaría General
de la Gobernación, propicia ajustes en la distribución de los Recursos Fi-
nancieros asignados por el Presupuesto General en vigencia de la Admi-
nistración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar el crédito presupuestario del Programa
10 “APORTES UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE CÓRDOBA” en la Partida
06 02 01 “Transferencias a Organismos de la APNF para Gastos en Perso-
nal”, por un importe total de $ 17.000.000.- para atender gastos de Personal
de la Universidad Provincial de Córdoba.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales
vigentes, de acuerdo con los artículos 31 y 110 in ne de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria
de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Direc-
ción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 731/17,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del
Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial, de con-
formidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación de
Crédito Presupuestario N° 59 de la Secretaría General de la Gobernación
el que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante de la pre-
sente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatu-
ra, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
anexo: https://goo.gl/YnEsig

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