Resolución Nº 1/GCABA/MJYSGC/17
Firmantes | Ocampo |
Emisor | Ministerio de Justicia y Seguridad |
VISTO:
La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -
DNU N° 1510/GCABA/97-(texto consolidado Ley N° 5454 y su modificatoria)-, el DNU
N° 1/GCABA/13 sus modificaciones y reglamentarios, las Resoluciones Nros.
2247/SSEMERG/13, 671/MJYSGC/16, el Expediente Electrónico N° 2014-3413980-
MGEYA-SSEMERG, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita el Recurso de Reconsideración en los
términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires -DNU N° 1510/GCABA/97- (texto consolidado Ley N° 5454
y su modificatoria), interpuesto por la señora Lita Esther ALFARO BOCANEGRA, DNI
N° 94.298.570, contra la Resolución N° 671/MJYSGC/16;
Que por la citada Resolución, se desestimó el Recurso Jerárquico ínsito incoado por la
señora Lita Esther ALFARO BOCANEGRA, DNI N° 94.298.570, contra la Resolución
N° 2247/SSEMERG/13, mediante la cual se denegó la solicitud de subsidio por el bien
inmueble sito en la calle Doctor Enrique Finochietto N° 2115, Departamento 6 de esta
Ciudad, atento encontrarse el mismo fuera de la zona declarada anegada por el
fenómeno meteorológico ocurrido los días 1 y 2 de abril de 2013, según surge de los
planos realizados por los especialistas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que el Recurso en tratamiento fue interpuesto por la administrada en fecha 19 de
octubre de 2016, habiendo sido notificada de la Resolución N° 671/MJYSGC/16 el día
11 de octubre de 2016;
Que en su presentación recursiva, la solicitante reitera su disconformidad con la
denegación del otorgamiento del subsidio, sin que la misma haya presentado nuevos
elementos que permitan desvirtuar el temperamento adoptado;
Que el objetivo principal del "Régimen Especial de Subsidios para Damnificados por la
Catástrofe Meteorológica Extraordinaria ocurrida los días 1 y 2 de abril de 2013"
creado por el DNU N° 1/GCABA/13, sus modificatorios y reglamentarios, es atender a
las necesidades de los damnificados directos por los daños ocasionados por las
inundaciones y anegaciones generadas por el mencionado fenómeno meteorológico;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la
intervención que le compete en virtud de lo prescripto por la Ley N° 1.218 (texto
consolidado por Ley N°...
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