Resolución Nº 1.662

EmisorDepartamento General de Irrigacion
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2016

RESOLUCIÓN Nº 1.662

Mendoza,

26 de diciembre de 2016

Visto: El Expediente Nº 742.619 - 2 - Caratulado: "Secretaría de Gestión Hídrica s/ Antecedentes Replanteo de Puntos Cota de Operación Proyecto Plan de Acción p/ la Recuperación del Volumen Útil del Embalse El Carrizal - PARVUC - Recrecimiento del Vertedero"; y

CONSIDERANDO:

Que mediante las presentes actuaciones se llevó a cabo, en el Marco del Plan de Acción para la Recuperación del Volumen Útil del Embalse El Carrizal - P.A.R.V.U.C. - Recrecimiento del Vertedero, el trabajo denominado "Replanteo de los Puntos para la Demarcación de la Zona de Inundación por Aumento de Cota del Vertedero del Embalse, Cota 787".

Que a fs. 2/29 vta. - 59/69 - 73/98, rolan: Memoria de Trabajo, Actas Protocolares de Constatación de Materialización de los Puntos (estaqueo), Cartografía Temática denominada "Replanteo Curva de Nivel P.A.R.V.U.C. - Cota 787.00 - Nivel Máximo de Operación Normal - Margen Izquierda y Derecha", detalle de legislación sobre la expropiación para Embalse El Carrizal y de terrenos expropiados.

Que a fs. 105/106, glosa informe producido por la Secretaría de Gestión Hídrica mediante el cual se manifiesta que personal idóneo del D.G.I. ha concretado las operaciones materiales de replanteo de los puntos para la demarcación de la zona de inundación en el Embalse El Carrizal por Recrecimiento de Vertedero, detallando en que consistieron dichos trabajos y el procedimiento seguido al respecto. Se destaca a su vez que deberá dejarse establecido que sobre la base del trabajo denominado Ajuste Matemático Hidrológico, efectuado por el INA, se establece la Cota 787,50 como Cota Máxima Esperable en Caso de Crecida, encontrándose las cotas definidas en los instrumentos legales resumidos en cuadros adjuntos a fs. 88/98. Que el nuevo escenario no modifica la situación establecida por Decreto 1039/73 del Interventor Federal. Asimismo se establece que los antecedentes legales fueron incorporados al Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) de la Obra P.A.R.V.U.C., la cual obtuvo Declaración de Impacto Ambiental por Resol. Nº 182/15 del ex Ministerio de Tierras, Ambiente y Recursos Naturales, siendo también incorporado al E.I.A. el trabajo de Replanteo de Puntos Cota 787,00, cuyas constancias obran a fs. 58, mediante Nota de la Secretaría de Gestión Hídrica Nº 256/2015. Se adjunta, a fs. 99/104, Plan de Llenado del Embalse Controlado. Atento a lo precedentemente expuesto es que se sugiere validar el...

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