Resolución Nº 1.439

EmisorMinisterio de Ambiente y Obras Publicas
Fecha de la disposición11 de Abril de 0008

RESOLUCIÓN Nº 1.439

Mendoza, 24 de octubre de 2007

Visto el expediente Nº 3935-D-07-30091-E-00-5, (tres tomos), en el cual la Dirección de Administración de Contratos y Obras Públicas (DACOP) eleva las actuaciones relacionadas con la Licitación Pública, autorizada por Resolución Nº 875-AOP-07, con destino a la contratación de las obras: "Construcción de un Paso y Refuerzos Estructurales en el Recinto de los Elefantes Asiáticos - Jardín Zoológico - Parque General San Martín Ciudad- Mendoza", bajo el sistema ajuste alzado, con un plazo de ejecución de noventa días corridos, y

CONSIDERANDO:

Que al mencionado acto, realizado en fecha 27 de julio del año en curso, se presentaron cuatro firmas de plaza, según ilustra el acta corriente a fojas 558/559 de las actuaciones referenciadas precedentemente, éstas son: "Ubajay S.A.-", "Pablo Dumit Construcciones S.A." y "Les Yeux S.A.".

Que la oferta correspondiente a "Alef Construcciones S.R.L.", debe desestimarse con pérdida de garantía según la Cláusula 1-14 del pliego licitatorio, en razón de no haber presentado la información complementaria que se le solicitara oportunamente (Cláusula 1-16).

Que respecto a "Pablo Dumit Construcciones S.A.", dice la Comisión, tampoco presentó la documentación requerida en forma complementaria en fecha 15 de agosto del presente año, por lo que corresponde desestimar su propuesta con pérdida de garantía, conforme la Cláusula 1-14 del pliego.

Que la firma "Les Yeux S.A." no presentó la totalidad de los requisitos exigidos, que sólo pueden ser completados durante dos días hábiles posteriores al Acto de Apertura de la licitación, por lo que la Comisión se vio impedida de solicitarlos como información complementaria, por lo que, en consecuencia y de acuerdo a lo previsto en la Cláusula 1-11.2, corresponde desestimar su oferta sin pérdida de garantía, por no encontrarse esta causal entre los supuestos de la Cláusula 1-14 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Que de las consideraciones manifestadas, el Cuerpo actuante aconseja la adjudicación de las obras licitadas a "Ubajay S.A.", criterio que comparte el Consejo de Obras Públicas en su dictamen de fojas 622/623 de autos porque esta firma acredita suficiente capacidad técnica y económica financiera y su oferta básica se ajusta a los intereses de la Administración.

Por ello, teniendo en cuenta las previsiones establecidas en el Decreto-Ley de Obras...

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